Sentencia nº 001239-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 9 de Junio de 2010

Fecha de Resolución 9 de Junio de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente478-2009/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 1239-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 478-2009/CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL
CONSUMIDOR – SEDE LIMA SUR
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : ANTONIO ALFREDO TELLO REYES
DENUNCIADA : COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO
ATLANTIS LTDA.
MATERIA : TEMAS PROCESALES
IMPROCEDENCIA
NULIDAD DE OFICIO
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN
FINANCIERA
SUMILLA: Se confirma la Resolución 2337-2009/CPC del 24 de agosto de
2009, emitida por la Comisión de Protección al Consumidor - Sede Lima Sur,
en el extremo que declaró improcedente la denuncia interpuesta por el señor
Antonio Alfredo Tello Reyes contra la Cooperativa de Ahorro y Crédito
Atlantis Ltda. por infracción al artículo 8º de la Ley de Protección al
Consumidor, toda vez que de conformidad con la normativa sobre la materia
correspondía al Centro de Conciliación “Acuerdos Mutuos” y no al
denunciado entregar al denunciante copia certificada del acta de conciliación
extrajudicial.
Por otro lado, se declara la nulidad de la Resolución 2337-2009/CPC en el
extremo que declaró infundada la denuncia interpuesta por infracción al
artículo 8º de la Ley de Protección al Consumidor, toda vez que no fue
comprendida en el procedimiento la empresa Recuperaciones Financieras
S.A.C., quien tenía a su cargo realizar los retiros de la cuenta de ahorros del
denunciante. Se ordena a la Comisión de Protección al Consumidor - Sede
Lima Sur que amplíe la imputación de cargos incluyendo a la empresa antes
citada.
Lima, 9 de junio de 2010
ANTECEDENTES
1. El 26 de febrero de 2009, el señor Antonio Alfredo Tello Reyes (en adelante,
el señor Tello) denunció ante la Comisión de Protección al Consumidor -
Sede Lima Sur (en adelante, la Comisión) a la Cooperativa de Ahorro y
Crédito Atlantis Ltda.1 (en adelante, la Cooperativa) por infracción al artículo
8º del Decreto Legislativo 716 – Ley de Protección al Consumidor.
1 Con RUC 20504045103 y domic iliada en Juan de Arona Nº 830, San Isidro, Lim a.

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