Sentencia nº 002336-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 7 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente247-2010/CPC-INDECOPI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2336-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 247-2010/CPC-I NDECOPI-LAM
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LAMBAYEQUE
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : ESGAR GUERRERO DÍAZ
DENUNCIADOS : SERVICIOS, COBRANZAS E INVERSIONES S.A.C.
SCOTIABANK PERÚ S.A.A.
VÉRTICE EMPRESARIAL, ASESORÍA &
CONSULTORÍA E.I.R.L.
MATERIAS : IDONEIDAD DEL SERVICIO
SERVICIOS BANCARIOS
REPORTE INDEBIDO
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo que
declaró fundada la denuncia contra Servicios, Cobranzas e Inversiones
S.A.C., al no haberse acreditado que el denunciante mantuviera una deuda
pendiente de pago a su favor.
SANCIÓN: Servicios, Cobranzas e Inversiones S.A.C. 4 UIT
Lima, 7 de septiembre de 2011
ANTECEDENTES
1. El 6 de agosto de 2010, el señor Esgar Guerrero Díaz (en adelante, el señor
Guerrero) denunció a Servicios, Cobranzas e Inversiones S.A.C.1 (en
adelante, SCI), Scotiabank S.A.A.2 (en adelante, el Banco) y Vértice
Empresarial Asesoría & Consultoria E.I.RL.3 (en adelante, Vértice) ante la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante, la
Comisión) por infringir el Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al
Consumidor4, debido a que SCI le estaba requiriendo el pago de una deuda
pendiente de pago con el Banco que no reconocía. Indicó que si bien ante su
reclamo, el 30 de noviembre de 2009 SCI le informó que la deuda provenía
de una cuenta en castigo, dicha empresa, ni el Banco habían cumplido con
1 RUC: 2 0462527137. Domicilio señalado en el procedimiento en C alle San José 791, Chiclayo, Departamento de
Lambayeque.
2 RUC: 20100043140. Domicilio: Calle Mayor Armando Blondet 135, Urb. S anta Ana, distrito de San Isidro, Provincia y
Departamento de Lima.
3 RUC: 20515829424. Domicilio: Jirón Camaná 780, distrito de Cercado de Lim a, Provincia y Departamento de Lima.
4 El D ecreto Legislativo 716, Ley d e Protección al Consumidor y sus modificatorias han sid o consolidados en el T exto
Único Ordenado de la Ley de Protecci ón al Consumidor, aprobado mediante Decreto Su premo 006-2009-PCM.

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