Sentencia nº 000016-2001/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 10 de Enero de 2001

Fecha de Resolución10 de Enero de 2001
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente044-94 /CRE-CAL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0016-aa/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 094-1999-CRP-03-133
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN LA CAMARA DE COMERCIO DE LIMA (LA
COMISION)
IMPUGNANTES : JULIO HONORATO CHU MERIZ (EL SEÑOR CHU
MERIZ)
UNIPACK TRADING COMPANY S.A. (UNIPACK)
(LOS IMPUGNANTES)
DEUDOR : ENVASADORA FAKIU S.A. (FAKIU)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
IMPUGNACION DE ACUERDOS DE JUNTA DE
ACREDORES
ABUSO DE DERECHO
CONCLUSION DEL PROCESO DE
REESTRUCTURACION
DECISION SOBRE EL DESTINO DE LA EMPRESA
ACTIVIDAD : PESCA, EXPLOTACIÓN DE CRIADEROS DE PECES Y
GRANJAS PISCÍCOLAS; ACTIVIDADES DE SERVICIOS
RELACIONADAS CON LA PESCA
SUMILLA: en el procedimiento de impugnación del acuerdo de Junta de
Acreedores de Envasadora Fakiu S.A. de fecha 29 de diciembre de 1999
iniciado por el señor Julio Honorato Chu Meriz y Unipack Trading Company
S.A. tramitado ante la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la
Oficina Descentralizada del INDECOPI en la Cámara de Comercio de Lima,
se ha resuelto declarar improcedente la solicitud de suspensión de la
tramitación del procedimiento de impugnación de dicho acuerdo que dio por
concluido el proceso de reestructuración de la insolvente, toda vez que para
resolver la impugnación la autoridad concursal no requiere del
pronunciamiento del Poder Judicial en el proceso de acción de amparo
seguido por el señor Julio Honorato Chu Meriz contra la junta de acreedores
y la entidad liquidadora.
Asimismo, se resuelve confirmar la Resolución 0362-2000/CRP-ODI-
CAMARA emitida por la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la
Oficina Descentralizada del INDECOPI en la Cámara de Comercio de Lima el
3 de febrero de 2000, en el extremo apelado que declaró infundada la
impugnación formulada por el señor Julio Honorato Chu Meriz y Unipack
Trading Company S.A. contra el acuerdo de junta que dio por concluido el
proceso de reestructuración de Envasadora Fakiu S.A. e inicio a su proceso
de disolución y liquidación. Lo anterior, en tanto que dicho acuerdo no
constituye un ejercicio abusivo de derecho, respondiendo al ejercicio
regular del derecho de los acreedores mayoritarios a decidir el destino de la
empresa.

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