Sentencia nº 000733-2008/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 25 de Marzo de 2008
Fecha de Resolución | 25 de Marzo de 2008 |
Emisor | Sala Especializada en Propiedad Intelectual |
Expediente | 234666-2005/OSD |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0733-2008/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 234666-2005
1-5
SOLICITANTE : TERAPÉUTICA BOLIVIANA S.A. (LABORATORIOS
TERBOL S.A.)
OPOSITORA : SANOFI-AVENTIS
Desistimiento de la apelación
Lima, veinticinco de marzo del dos mil ocho.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 3 de marzo del 2005, Terapéutica Boliviana S.A. (Laboratorios
Terbol S.A.) (Bolivia) solicitó el registro de la marca de producto constituida por
el logotipo rectangular que contiene la denominación TERBOL, precedida de la
figura de un árbol dentro de un cuadrado, debajo de la cual se aprecia la
denominación CLOPID escrita en letras características y en la parte inferior
diversas figuras geométricas (cuadrados), sobre dos líneas y una franja, todo
en la combinación de colores verde, blanco y negro; conforme al modelo
adjunto, para distinguir preparaciones farmacéuticas, de la clase 5 de la
Nomenclatura Oficial.
Con fecha 3 de junio del 2005, Sanofi-Aventis (Francia) formuló oposición al
registro del signo solicitado manifestando que:
- El signo solicitado es muy similar a la denominación genérica
CLOPIDOGREL, por lo que resulta irregistrable para productos de la
clase 5 de la Nomenclatura Oficial.
- El término TERBOL no será percibido por el publico consumidor como
indicador del origen del producto, sino como la house mark de la
empresa solicitante.
Adjuntó documentación sustentatoria de sus argumentos.
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