Sentencia nº 001736-2008/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 17 de Julio de 2008

Fecha de Resolución17 de Julio de 2008
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente280878-2006/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1736-2008/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 280878-2006
1-12
SOLICITANTE : PROCAPS S.A.
OPOSITORA : NOVARTIS AG
Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos de la clase 5
de la Nomenclatura Oficial: Inexistencia
Lima, diecisiete de julio del dos mil ocho.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 12 de junio del 2006, Procaps S.A. (Colombia) solicitó el registro de la
marca de producto ALUDEL, para distinguir productos farmacéuticos y
veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para
uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material
para empastar los dientes y para improntas dentales; desinfectantes; productos
para destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas, de la clase 5 de la
Nomenclatura Oficial.
Con fecha 13 de setiembre del 2006, Novartis AG (Suiza) formuló oposición al
registro manifestando lo siguiente:
(i) Es titular en el Perú de las marcas de producto ELIDEL (certificado Nº
29591), ELIDEL y logotipo (certificado 76636), y ELIDEL y escritura
(certificado Nº 88150) que distinguen productos de la clase 5 de la
Nomenclatura Oficial. Asimismo, es titular en Colombia de la marca
ELIDEL (certificado Nº 251307).
(ii) Los signos son confundibles, pues tienen identidad consonántica, ya que
los fonemas /l-d-l/ son los mismos en las denominaciones y se encuentran
ubicados en el mismo orden. Además, los signos comparten la misma
sílaba y vocal tónica y terminan con idéntico fonema consonántico, lo que
determina que posean una sonoridad y entonación muy similar.
(iii) Gráficamente, mantienen identidad en algunas de las grafías que los
conforman, las cuales se encuentran ubicadas en el mismo orden.
Además, terminan con grafías idénticas, lo que origina una similitud
visual.
(iv) El signo solicitado está destinado a la identificación de productos de la
misma clase y naturaleza.
Mediante proveído de fecha 4 de enero del 2007, no habiendo cumplido la
solicitante con contestar la oposición y habiéndose vencido el plazo de ley, la
Oficina de Signos Distintivos dispuso que pase el expediente a resolver.

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