Sentencia nº 000870-2005/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 11 de Agosto de 2005
Fecha de Resolución | 11 de Agosto de 2005 |
Emisor | Sala Especializada en Propiedad Intelectual |
Expediente | 799-2000/OIN |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0870-2005/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 799-2000/OIN
1-12
SOLICITANTE : BAYER CORPORATION
Solicitud de patente de invención – Abandono de la solicitud – Notificaciones –
Principio de presunción de veracidad
Lima, once de agosto del dos mil cinco
I. ANTECEDENTES|
Con fecha 8 de agosto del 2000, Bayer Corporation (Estados Unidos de América) -
reivindicando prioridad extranjera en base a la solicitud N° 09/371322, presentada
con fecha 10 de agosto de 1999 en Estados Unidos de América - solicitó patente de
invención para PIRIDAZINAS SUSTITUIDAS Y PIRIDAZINAS FUSIONADAS CON
ACTIVIDAD INHIBIDORA DEL ANGIOGÉNESIS, cuyos inventores son Jacques P.
Dumas, Holia N. Hatoum-Mokdad, Teddy Kite Joe, Harold C. E. Kluender, Wendy
Lee, Dhanapalan Nagarathnam, Robert N. Sibley, Ning Su y Stephen James Boyer.
Con fecha 30 de marzo del 2001, la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías
emitió la orden de aviso, efectuándose la correspondiente publicación en el Diario
Oficial El Peruano con fecha 27 de junio del 2001.
Con fecha 28 de junio del 2001, Bayer Corporation solicitó que se efectúe el examen
de fondo de la solicitud.
Mediante proveído de fecha 8 de setiembre del 2003, la Oficina de Invenciones y
Nuevas Tecnologías requirió a la solicitante para que - de acuerdo a lo establecido
plazo de tres meses, bajo apercibimiento de declarar el abandono de la solicitud de
patente, copia del documento Chemical Abstracts, vol. 115, N° 28, 1991 Columbus,
Ohio, US; Abstract N° 256197s, page 869; XP002155239, cited in the application &
JP 03 106875 A (Morishita) 7 may 1991 (1991-05-07); citado en el Informe de
Búsqueda Internacional correspondiente a la publicación WO0110859, que reivindica
prioridad 09/371322 de fecha 10 de agosto de 1999, al igual que la presente
solicitud, al ser considerado documento relevante con la categoría XD. En el
proveído se precisó que el mencionado documento obra en poder de la solicitante,
de acuerdo a lo dispuesto en el Tratado de Cooperación de Materia de Patentes
(PCT), que establece que el Informe de Búsqueda Internacional será transmitido por
la administración encargada de la búsqueda al solicitante y a la oficina internacional
tan pronto esté terminado, que esta última publicará la solicitud junto con este
informe y que las autoridades internacionales de búsqueda enviarán copias de los
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