Sentencia nº 000159-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 1 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente243-2005/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCIÓN 159-2012/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 243-2005/CCO-INDECOPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : COMERCIAL TEXTIL CARITO S.R.L. EN LIQUIDACIÓN
APELANTE : SOLUCIONES CONCURSALES & EMPRESARIALES
S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES NCP.
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 2127-2011/CCO-INDECOPI del 14 de
marzo de 2011, que dejó sin efecto la designación de Soluciones
Concursales & Empresariales S.A.C. como entidad liquidadora de Comercial
Textil Carito S.R.L. en Liquidación por no haber constituido una carta fianza
a favor del Indecopi dentro del plazo otorgado para tal efecto y, en
consecuencia, declaró la conclusión del procedimiento concursal ordinario
de dicho deudor, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 97.4 de la Ley
General del Sistema Concursal; y dispuso la remisión de los actuados al
Segundo Juzgado de Paz Letrado de La Victoria a fin que se declare la
quiebra de la deudora, de conformidad con lo establecido en el artículo 97.4
De otro lado, se DECLARA que carece de objeto emitir pronunciamiento
respecto de la solicitud formulada por Soluciones Concursales &
Empresariales S.A.C. para que se suspendan los efectos de la
Resolución 2127-2011/CCO-INDECOPI, toda vez que mediante la presente
resolución la Sala ha emitido pronunciamiento definitivo respecto de la
apelación interpuesta contra el referido acto administrativo.
Lima, 1 de febrero de 2012
ANTECEDENTES
1. Por Resolución Nº 10 del 14 de febrero de 2005, el Segundo Juzgado de Paz
Letrado de La Victoria, declaró la disolución y liquidación del patrimonio de
Comercial Textil Carito S.R.L. (en adelante, Textil Carito) y mediante Oficio Nº
2509-02-ABA-2JPLLV, recibido por la Comisión de Procedimientos
Concursales Lima Sur (en adelante la Comisión) el 22 de agosto de 2005, el
referido juzgado remitió copias certificadas del Expediente Judicial Nº 2509-
2002, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por
Transformaciones Múltiples S.A.C. contra Comercial Textil Carito y Rufino
Gomez Prado, a fin de que procedan conforme a sus atribuciones.

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