Sentencia nº 000154-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 1 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente249-2006/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCIÓN 154-2012/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 249-2006/CCO-INDECOPI
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : SERAFIN PUNCO CAHUAYA CON PATRIMONIO EN
LIQUIDACIÓN
APELANTE : SOLUCIONES CONCURSALES & EMPRESARIALES
S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES NCP.
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 277-2011/CCO-INDECOPI del 17 de enero de
2011, que dejó sin efecto la designación de Soluciones Concursales &
Empresariales S.A.C. como entidad liquidadora del patrimonio del señor Serafín
Punco Cahuaya por no haber constituido una carta fianza a favor del Indecopi
dentro del plazo otorgado para tal efecto y, en consecuencia, declaró la conclusión
del procedimiento concursal ordinario de dicho deudor, en aplicación de lo
dispuesto en el artículo 97.4 de la Ley General del Sistema Concursal; y dispuso la
remisión de los actuados al Trigésimo Juzgado Especializado en lo Civil de Lima a
fin que se declare la quiebra de la deudora, de conformidad con lo establecido en el
De otro lado, se DECLARA que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto de
la solicitud formulada por Soluciones Concursales & Empresariales S.A.C. para que
se suspendan los efectos de la Resolución 277-2011/CCO-INDECOPI, toda vez que
mediante la presente resolución la Sala ha emitido pronunciamiento definitivo
respecto de la apelación interpuesta contra el referido acto administrativo.
Lima, 1 febrero de 2012
ANTECEDENTES
1. Por Resolución Nº 14 del 28 de mayo de 2005, el Trigésimo Juzgado
Especializado en lo Civil de Lima declaró la disolución y liquidación del
patrimonio del señor Serafín Punco Cahuaya (en adelante, señor Punco) y
mediante Oficio 1085-2005/PJ-CSJLIMA-30ºJECL, recibido por la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante la Comisión)
el 14 de junio de 2006, el referido juzgado remitió copias certificadas del
Expediente Judicial Nº 2004-25985-0-0100-J-CI-30 sobre Obligación de Dar
Suma de Dinero seguido por Panificadora Bimbo del Perú S.A. contra Serafín
Punco Cahuaya, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones.
2. La situación de disolución y liquidación del patrimonio del señor Punco fue
difundida por la Comisión, mediante aviso publicado en el diario oficial El
Peruano el 7 de agosto de 2006. Sin embargo, no se instaló la junta de
acreedores por inasistencia de los acreedores.

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