Sentencia nº 001726-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 1 de Junio de 2010

Fecha de Resolución 1 de Junio de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-1995/CCO-ENTIDADES
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 1726-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 001-1995/CCO-ENTI DADES
M-SC1-13/1A
QUEJADA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
QUEJOSO : JORGE ENRIQUE FLORES YUPANQUI
MATERIA : QUEJA
INFUNDADA
SUMILLA: se declara INFUNDADO el reclamo en queja interpuesto por el
señor Jorge Enrique Flores Yupanqui contra la Comisión de Procedimientos
Concursales por haber declarado improcedente el recurso de
reconsideración interpuesto contra la Resolución 1507-2010/CCO-INDECOPI
del 22 de febrero de 2010, toda vez que el quejoso carece de legitimidad para
impugnar la cancelación del registro de Imagen Empresarial S.A.C.
Lima, 1 de junio de 2010
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 011-35-CSA-INDECOPI/ENTIDADES del 14 de febrero de
1995, la Comisión de Simplificación de Acceso y Salida del Mercado
(actualmente, Comisión de Procedimientos Concursales) del INDECOPI
autorizó a Imagen Empresarial S.A.C. (en adelante, Imagen Empresarial)
como entidad autorizada para asumir las funciones de administradora de
empresas en proceso de reestructuración y de liquidadora de empresas en
proceso de disolución y liquidación.
2. Posteriormente, mediante Resolución 0076-2002/CCO-INDECOPI del 20 de
noviembre de 2002, la Comisión de Procedimientos Concursales (en adelante
la Comisión) declaró que Imagen Empresarial se había adecuado a las
disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal, por lo que mantenía
la vigencia de su registro como entidad administradora y/o liquidadora de
empresas concursadas.
3. Mediante Resolución 1507-2010/CCO-INDECOPI del 22 de febrero de 2010,
la Comisión canceló el registro de Imagen Empresarial como entidad
administradora y liquidadora de deudores concursados, debido a que la
gerente general de dicha entidad liquidadora había sido condenada por delito
doloso en el proceso penal seguido en la Tercera Sala Penal con Reos
Libres.
4. El 3 de marzo de 2010, el señor Jorge Enrique Flores Yupanqui (en adelante,
el señor Flores), Presidente de la Junta de Acreedores del señor Jorge
Yoshiaki Murakami Cademartori, interpuso recurso de reconsideración contra
la Resolución 1507-2010/CCO-INDECOPI.

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