Sentencia nº 000179-2002/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 8 de Marzo de 2002

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2002
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente1091-2001/CRP-ODI-CAMARA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION N° 0179-2002/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 1091-2001/CRP-ODI-CAMARA
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI EN
LA CAMARA DE COMERCIO DE LIMA (LA COMISION)
ACREEDOR : BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO - PERÚ
(BANCO SANTANDER)
DEUDOR : JULIO CESAR VERA GUTIERREZ (EL SEÑOR VERA)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
DECLARACIÓN DE INSOLVENCIA
APLICACION DEL ARTICULO 703° DEL CODIGO
PROCESAL CIVIL
ACTIVIDAD : PERSONA NATURAL
SUMILLA: en el procedimiento de declaración de insolvencia del señor Julio
César Vera Gutiérrez iniciado a pedido de Banco Santander Central
Hispano - Perú en aplicación del artículo 703° del Código Procesal Civil, la
Sala ha resuelto lo siguiente:
(i) declarar infundado el pedido de nulidad del acto de notificación de la
Resolución N° 2992-2001/CRP-ODI-CAMARA, toda vez que,
independientemente de la existencia o no de infracción por parte del
Banco Santander en la inducción a la notificación por edicto, dicho
acto procesal produjo todos sus efectos y cumplió la finalidad para la
cual fue realizado.
(ii) confirmar la Resolución N° 2992-2001/CRP-ODI-CAMARA emitida el 2
de octubre del 2001 por la Comisión de Reestructuración Patrimonial
de la Oficina Descentralizada del Indecopi en la Cámara de Comercio
de Lima, por la cual se declaró la insolvencia del señor Vera en
aplicación de lo dispuesto por el artículo 703° del Código Procesal
Civil, toda vez que las solicitudes de declaración de insolvencia
presentadas al amparo de la norma en mención son acogidas por la
autoridad concursal sin más trámite, haciendo efectivo el
apercibimiento decretado en sede judicial sin evaluar la capacidad de
pago o la solvencia del deudor.
Lima, 8 de marzo del 2002
I ANTECEDENTES
Por Resolución N° 7 del 25 de julio del 2000, el Duodécimo Juzgado Especializado
en lo Civil de Lima declaró fundada la demanda sobre obligación de dar suma de
dinero interpuesta por Banco Santander contra los señores Julio César Vera
Gutiérrez y Julio Vera Abad y la señora Daniela Bacestrello Ruiz
1
, ordenando que
1
El 28 de diciembre de 1999, Banco Santander i nterpuso una demanda sobre obligación de dar suma de dinero contra el
señor Julio Vera Abad y la señora Daniela Bavestrello Ruiz basándose en dos pagarés emitidos por Andina de
Radiodifusión S.A. y avalados por los demandados. Dicha demanda tam bién fue dirigida c ontra el señor V era, quien se

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