Sentencia nº 001505-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 17 de Diciembre de 2009

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente069-2002/CRP-PIURA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN Nº 1505 -200 9/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 069-2002/ CRP-PIURA
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
EN PIURA
DEUDOR : HENRY EDWARD STEWART CHECA
IMPUGNANTE : BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ
MATERIA : IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS DE JUNTA DE
ACREEDORES
ABUSO DE DERECHO
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE ASESORAMIENTO EMPRESARIAL
SUMILLA: se revoca la Resolución 167-2009/INDECOPI-PIU del 2 de abril de
2009 que declaró la nulidad del acuerdo de modificación del Plan de
Reestructuración del patrimonio del señor Henry Edward Stewart Checa
adoptado en Junta de Acreedores del 3 de marzo de 2009, toda vez que no
se ha acreditado un ejercicio abusivo de derecho puesto que la adopción del
referido acuerdo no vulneró los fines económicos y sociales para los cuales
el ordenamiento reconoció el derecho ejercido por la mayoría de acreedores;
y, en consecuencia se señala que el referido acuerdo se mantiene vigente.
Asimismo, se declara que carece de objeto que la Sala de Defensa de la
Competencia Nº1 emita pronunciamiento respecto del recurso de apelación
interpuesto por el señor Henry Edward Stewart Checa contra la Resolución
167-2009/INDECOPI-PIU que declaró fundada la solicitud presentada por
Banco de Crédito del Perú para que se declare la disolución y liquidación del
patrimonio del señor Henry Edward Stewart Checa, al haber operado la
sustracción de la materia, en atención a que en sesión de Junta de
Acreedores del 3 de marzo de 2009 se modificó el Plan de Reestructuración
de la referida deudora estableciéndose la condonación del 100% de los
créditos reconocidos y como consecuencia de ello, la conclusión del
referido procedimiento, acuerdo cuya validez ha sido ratificada por la Sala de
Defensa de la Competencia Nº1 en la presente resolución.
Por último, se declara que carece de objeto que la Sala de Defensa de la
Competencia Nº 1 emita un pronunciamiento respecto del pedido formulado
por el señor Henry Edward Stewart Checa para que se suspendan los efectos
de la Resolución 167-2009/INDECOPI-PIU.
Lima, 17 de diciembre de 2009

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