Sentencia nº 000647-2011/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 29 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente305-2009/CPC-INDECOPI-LAL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 0647-2011/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 305-2009/CPC-IND ECOPI-LAL
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LA LIBERTAD
PROCEDIMIENTO: DE OFICIO
DENUNCIADO : ASOCIACIÓN FONDO REGIONAL CONTRA
ACCIDENTES DE TRÁNSITO NUEVO HORIZONTE
REGIÓN LA LIBERTAD
MATERIA : NULIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE OTRAS ASOCIACIONES N.C.P.
SUMILLA: Se declara la nulidad de la resolución venida en grado que
sancionó a Asociación Fondo Regional Contra Accidentes de Tránsito Nuevo
Horizonte Región La Libertad Afocat Nuevo Horizonte por otorgar
Certificados contra Accidentes de Tránsito a favor de propietarios de
vehículos que no califican para el servicio de taxi y por lo tanto no pueden
ser miembros de la Afocat. Ello, toda vez que la supervisión y fiscalización
de este tipo de infracciones es competencia de la Superintendencia de
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
Lima, 29 de marzo del 2011
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 305-2009/INDECOPI-LAL del 30 de setiembre del 2009,
la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de La Libertad (en adelante,
la Comisión) inició un procedimiento de oficio contra la Asociación Fondo
Regional Contra Accidentes de Tránsito Nuevo Horizonte Región La
Libertad.1 (en adelante, Afocat Nuevo Horizonte) por infracción del Decreto
Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor, al haber emitido
Certificados contra Accidentes de Tránsito (en adelante, CAT) a favor de (i)
propietarios de vehículos que no califican para brindar el servicio de taxi por
no contar con las características técnicas exigidas legalmente y (ii) personas
que no cuentan con autorización municipal para brindar el servicio de taxi.
2. En sus descargos, Afocat Nuevo Horizonte señaló que la Municipalidad
Provincial de Trujillo emite autorizaciones de circulación a aquellos vehículos
que supuestamente no calificarían para brindar servicio de taxi, razón por la
cual se emite los referidos CAT a los propietarios de dichos vehículos sin
verificar si cumplen con los requisitos técnicos exigidos legalmente. Manifestó
que los transportistas son responsables por la adquisición de CAT para
vehículos que no cuentan con los requisitos para brindar el servicio de taxi,
toda vez que son ellos quienes conocen las condiciones sus unidades.
1 RUC 20481552517. Con domic ilio en Av. América Norte 1567, Urb. Las Quintan as, Trujillo.

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