Sentencia nº 000959-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 2 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente010-2003/01-3005/CCO-INDECOPI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0959-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 010-2003-01-3005/ CCO-INDECOPI-LAM
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
DEUDOR : INDUSTRIAL PUCALÁ S.A.C.
ACREEDOR : CONSORCIO LÍDER AZUCARERO DEL NORTE
S.A.C.
SUCESIÓN JOSÉ FÉLIX CHUNGA DE DIOS
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
CESIÓN DE CRÉDITOS
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE AZÚCAR
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 5025-2008/INDECOPI-LAM del 31 de
diciembre de 2008 y se declara infundada la solicitud de reconocimiento de
créditos presentada el 6 de octubre de 2008, por Consorcio Líder Azucarero
del Norte S.A.C., debido a que los contratos de cesión de derechos
presentados no se encuentran suscritos por los miembros de la sucesión
intestada del señor Guillermo García Delgado.
Lima, 2 de marzo de 2010
ANTECEDENTES
1. El 24 de octubre de 2004, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de
Lambayeque (en adelante, la Comisión) publicó en el diario oficial “El
Peruano” la situación de concurso de Industrial Pucalá S.A.C. (en adelante,
Industrial Pucalá).
2. El 6 de octubre de 2008, Consorcio Líder Azucarero del Norte S.A.C. (en
adelante, el Clan) solicitó el reconocimiento de créditos de origen laboral
correspondientes al señor José Félix Chunga de Dios, (en adelante, el
trabajador), ascendentes a S/. 6 902,92 por capital y S/. 13 746,74 por
intereses1 frente a Industrial Pucalá. A efectos de sustentar su petitorio el
Clan presentó un documento denominado “Contrato de cesión de derechos”
del 28 de agosto de 2007, celebrado por el señor Carlos Alberto Chunga
Monja en calidad de heredero del trabajador2 (en adelante, la sucesión) y una
liquidación de beneficios sociales emitida por Agro Pucalá S.A.A. (en
adelante, Agro Pucalá).
1 Derivados de c ompensación por tiempo de serv icios y adeudos laborales, dev engados al 24 de octubre de 2004. El
Clan adjuntó a su solicitud de reconocimiento de crédit os un certificado de trabajo del 5 de setiembre de 2008,
expedido por Agro Pucalá, en el que se señala que el tr abajador laboró para dicha empresa desde el 6 de j ulio de
1954 hasta el 15 de abril de 199 3.
2 Asimismo, el Clan presentó copia de la Sucesión Intestada inscrita en la Partida Nº 11055616 de los Registros
Públicos en la Ofic ina Regi onal sede Chiclayo de la SUNARP. en la cu al consta la inscripción de la sucesión
intestada del trabajador conform ada por: la señora Incolaza Monja Chero y el señor Carlos Alberto Chunga Monja.

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