Sentencia nº 000090-2003/SCO de Sala concursal, 11 de Febrero de 2003

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2003
EmisorSala concursal
Expediente198-2001/CRP-ODI-UL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCION N° 0090-2003/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 198-2001/CRP-ODI-UL
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA UNIVERSIDAD DE LIMA (LA
COMISIÓN)
DEUDOR : AGRO GUAYABITO S.A. (AGRO GUAYABITO)
IMPUGNANTES : AGRO GUAYABITO
BANCO INTERNACIONAL DEL PERU (INTERBANK)
BANCO WIESE SUDAMERIS (BANCO W IESE)
MATERIA : JUNTA DE ACREEDORES
PLAZOS PARA LA APROBACIÓN DEL PLAN DE
REESTRUCTURACIÓN
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DISPUESTA DE OFICIO
POR LA COMISIÓN
FACULTADES DE LA COMISIÓN
INTEGRACIÓN
NORMA APLICABLE
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN Y CONSERVACIÓN DE FRUTAS,
LEGUMBRES Y HORTALIZAS
SUMILLA: La Sala ha resuelto:
(i) Denegar el pedido de informe oral formulado por Banco Wiese
Sudameris en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo
33° del Reglamento de la Ley de Organización y Funciones del
INDECOPI, toda vez que para emitir pronunciamiento sobre la
cuestión en discusión, la Sala no requiere de mayores elementos
que lo actuado en el expediente.
(ii) Declarar que carece de objeto que la Sala se pronuncie sobre los
pedidos formulados por Agro Guayabito S.A., Banco Wiese
Sudameris y Banco Internacional del Perú para que se suspenda los
efectos de la Resolución N° 3904-2002/CCO-ODI-ULI, toda vez que tal
suspensión fue decretada por la Sala, vía medida cautelar, mediante
Resolución N° 0059-2002/SCO-INDECOPI del 19 de noviembre de
2002.
(iii) Integrar la Resolución N° 3904-2002/CCO-ODI-ULI declarando la
disolución y liquidación de Agro Guayabito S.A., toda vez que en la
parte resolutiva del referido acto administrativo se omitió tal
declaración, pese a que en la parte considerativa del mismo se
determinó la procedencia de dicha decisión en aplicación de lo
dispuesto por el artículo 96.1 de la Ley General del Sistema
Concursal.
(iv) Declarar nula la Resolución N° 3904-2002/CCO-ODI-ULI emitida el 22
de octubre de 2002 por la Comisión Delegada de Procedimientos

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