Sentencia nº 000089-2003/SCO de Sala concursal, 11 de Febrero de 2003

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2003
EmisorSala concursal
Expediente029-2002/03-01/CRP-ODI-CCPL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCION Nº 0089-2003/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 029-2002-03-01/CRP-ODI-CCPL
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA UNIVERSIDAD DE PIURA CON
SEDE EN LIMA (LA COMISIÓN)
1
ACREEDOR : CORPORACIÓN FINANCIERA DE DESARROLLO
(COFIDE)
DEUDOR : GREMCO S.A. (GREMCO)
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
RECONOCIMIENTO DE CREDITOS
SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON
BIENES PROPIOS O ARRENDADOS
SUMILLA: Se declara que carece de objeto que la Sala se pronuncie sobre el
recurso de apelación planteado por Corporación Financiera de Desarrollo
contra la Resolución N° 0269-2002/CRP-ODI-UDP emitida el 20 de agosto de
2002 por la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la Oficina
Descentralizada del INDECOPI en la Universidad de Piura con sede en Lima,
por la cual se reconoció en parte los créditos invocados por dicha entidad
frente a Gremco S.A., toda vez que por Resolución N° 0174-2003/CCO-ODI-
UDP del 28 de enero de 2003, la Comisión declaró la conclusión del
Procedimiento Concursal Preventivo de Gremco debido a que su Junta de
Acreedores desaprobó su Acuerdo Global de Refinanciación, conforme a lo
dispuesto en el artículo 106° de la Ley General del Sistema Concursal.
Lima, 11 de febrero de 2003
I. ANTECEDENTES
El 24 de junio de 2002, COFIDE solicitó a la Comisión el reconocimiento de los
créditos que alegaba mantener frente a Gremco
2
. Mediante Resolución N° 0269-
2002/CRP-ODI-UDP del 20 de agosto de 2002, la Comisión reconoció en parte
los créditos invocados por COFIDE, ascendentes a US$ 2 096 916,26 por
concepto de capital y US$ 421 051,21 por concepto de intereses, otorgando a los
mismos el quinto orden de preferencia.
El 20 de agosto de 2002, COFIDE formuló recurso de apelación. Mediante
Resolución N° 0636-2002/CRP-ODI-UDP del 1 de octubre de 2002, se concedió
1
En atención a lo dispuesto por la Cuarta Disposición Final de la Ley General del Sistema Concursal publicada en el diario
oficial El Peruano el 8 de agosto del 2002 y vigente desde el 7 de octubre del m ismo año, la Comisión de
Reestructuración Patrimonial de la Oficina Descentralizada del INDECOPI en la Universidad de Piura con sede en Lima
modificó su denominación a Comisión Delegada de Procedimientos Concursales en la Universidad de Piura con sede en
Lima.
2
Por Resolución N° 0094-2002/CRP-ODI-UDP del 30 de mayo de 2002 se admitió a trámite la solicitud presentada por
Gremco para acogerse al procedimiento de concurso preventivo. Mediante aviso publicado el 3 de junio de 2002, se
informó sobre el acogimiento de Gremco a dicho procedimiento y se citó a sus acreedores para que soliciten el
reconocimiento de sus créditos hasta el 24 de junio de 2002.

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