Sentencia nº 000174-2002/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 6 de Marzo de 2002

Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2002
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente016-97 /CCPLL-184
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0174-2002/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 016-1997-CCPLL-184
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION
PATRIMONIAL DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA
DEL INDECOPI EN LA CAMARA DE COMERCIO Y
PRODUCCION DE LA LIBERTAD (LA COMISION)
ACREEDOR : SEGUNDO SOLANO CARDENAS (EL SEÑOR
SOLANO)
DEUDOR : EMPRESA AGROPECUARIA CHICLIN Y ANEXOS
S.A.A. (AGROPECUARIA CHICLIN)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CREDITOS
PROCESAL
NULIDAD
ACTIVIDAD : SERVICIOS AGRICOLAS Y GANADEROS
SUMILLA: en el procedimiento de reconocimiento de créditos seguido por
el señor Segundo Solano Cárdenas frente a Empresa Agropecuaria
Chiclín y Anexos S.A.A. ante la Comisión de Reestructuración Patrimonial
de la Oficina Descentralizada del Indecopi en la Cámara de Comercio y
Producción de La Libertad, la Sala ha resuelto remitir una copia de la
presente resolución a la Gerencia Legal del Indecopi, a fin de que tome
las acciones que considere pertinentes respecto al vicio de nulidad
advertido en la Resolución Nº 0122-2000/CRP-ODI-CCPLL emitida el 21 de
enero de 2000, mediante la cual dicho órgano funcional se pronunció
sobre la solicitud de reconocimiento de créditos del señor Solano, pese a
que con anterioridad ya se había pronunciado sobre dicha solicitud.
Al respecto, se precisa que la Sala carece de facultades para declarar la
nulidad del citado acto administrativo, dado que ya transcurrió el plazo
que tiene la autoridad administrativa para declarar de oficio su nulidad al
quedar consentido el 18 de febrero de 2000.
Lima, 6 de marzo de 2002
I ANTECEDENTES
Mediante solicitud presentada el 27 de noviembre de 1998, el señor Solano
invocó el reconocimiento de créditos de origen laboral frente a Agropecuaria
Chiclín
1
.
Por Resolución Nº 001-Exp.Nº 016-97-CCPLL-154 del 19 de diciembre de
1998, la Comisión reconoció créditos de origen laboral a favor de ciento cinco
(105) trabajadores de Agropecuaria Chiclín (entre los que se encontraba el
1
Por Resolución Nº 014-1998/CSMLL del 8 de julio de 1998, la Comisión declaró la insolvencia de Agropecuaria
Chiclín.

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