Sentencia nº 001364-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 13 de Junio de 2012

Fecha de Resolución13 de Junio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0001-2005/01-2419/CCO-ODI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1364-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0001-2005-01-2419/ CCO-ODI-LAM
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI EN LAMBAYEQUE
DEUDOR : AGRO PUCALÁ S.A.A.
ACREEDOR : MESÍAS HORNA PÉREZ
CONSORCIO LÍDER AZUCARERO DEL NORTE
S.A.C.
IMPUGNANTE : CONSORCIO LÍDER AZUCARERO DEL NORTE
S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS LABORALES
CESIÓN DE CRÉDITOS
ACTIVIDAD :
ELABORACIÓN DE AZÚCAR
SUMILLA: se DECLARA, por mayoría, que Consorcio Líder Azucarero del
Norte S.A.C. (Clan) tiene legitimidad para intervenir en el procedimiento de
reconocimiento de créditos iniciado por el señor Mesías Horna Pérez.
Se REVOCA, por mayoría, la Resolución 2334-2009/INDECOPI-LAM del 31 de
marzo de 2009, que declaró que carece de objeto pronunciarse sobre el
recurso de reconsideración interpuesto por el Clan contra la Resolución
1765-2008/INDECOPI-LAM del 30 de mayo de 2008 que reconoció la totalidad
de los créditos invocados por el trabajador, y, reformándola se declara
improcedente el referido recurso, toda vez que en aplicación del artículo VII
del Título Preliminar del Código Procesal Civil la autoridad no puede ir más
allá del petitorio.
Lima, 13 de junio de 2012
ANTECEDENTES
1. El 6 de abril de 2005, el señor Mesías Horna Pérez (en adelante, el
trabajador) solicitó ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en
Lambayeque (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos frente
a Agro Pucalá S.A.A.1 (en adelante, Agro Pucalá) ascendentes a
S/. 91 874,81 por capital y S/. 28 614,66 por intereses, derivados de “deuda
laboral” de los años 1996 a 2005 y de la Compensación por Tiempo de
Servicios (en adelante, CTS) devengada al 20 de febrero de 2005.
2. El 9 de abril de 2008, Consorcio Líder Azucarero del Norte S.A.C. (en
adelante, Clan) se apersonó al procedimiento alegando tener legitimidad para
1 El 21 de febrero de 2005, la Comisi ón publicó en el diario oficial “El Peruano” el inicio de concur so de Agro Pucalá.

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