Sentencia nº 003696-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 21 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente317-2010/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especiali zada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 3696-2012/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 317-2010/ CPC
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR Nº 1
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : ELIZABETH ROSA LA MADRID SÁNCHEZ
DENUNCIADA : PROMOTORA DE TURISMO NUEVO MUNDO S.A.
MATERIAS : IDONEIDAD DEL SERVICIO
SERVICIOS TURÍSTICOS
ACTIVIDAD : AGENCIAS DE VIAJES Y GUÍAS TURÍSTICOS
SUMILLA: Se revoca la resolución apelada en el extremo que declaró
fundada la denuncia y, reformándola, se declara infundada en tanto la
denunciante no ha acreditado que Promotora de Turismo Nuevo Mundo S.A.
le haya ofrecido un descuento de US$ 80,00 para la compra de pasajes
aéreos.
Por otro lado, se confirma la resolución venida en grado en el extremo que
declaró fundada la denuncia, debido a que la denunciada anuló el boleto
aéreo adquirido por la señora Elizabeth Rosa La Madrid Sánchez sin su
autorización.
SANCIÓN: 1 UIT
Lima, 21 de diciembre de 2012
I ANTECEDENTES
1. El 28 de enero de 2010, la señora Elizabeth Rosa La Madrid Sánchez (en
adelante, la señora La Madrid) denunció ante la Comisión de Protección al
Consumidor –Sede Lima Sur Nº 1 (en adelante, la Comisión) a Promotora de
Turismo Nuevo Mundo S.A.1 (en adelante, Nuevo Mundo) por infracción del
Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor, debido a que:
(i) Obtuvo un descuento debido a problemas ocurridos al adquirir un
boleto aéreo para la ruta Madrid-Lima-Madrid a través del portal web
despegar.com, el mismo que haría efectivo al adquirir su siguiente
pasaje en la agencia de la denunciada;
(ii) con la finalidad de acceder a dicho descuento, adquirió un boleto
aéreo para la ruta Florencia-Madrid-Florencia vía Alitalia el 23 de
noviembre de 2009, previa coordinación por correo electrónico, por el
1 RUC 20106785288. Domicilio: Jr. Cam aná 782, Lima.

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