Sentencia nº 000868-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 20 de Agosto de 2009

Fecha de Resolución20 de Agosto de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente216-2007/CCO-INDECOPI-03-02
TRIBUNAL DE DEFE NSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCIÓN 0868-20 09/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 216-2007/CCO-INDE COPI-03-02
M-SDC-13/2B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES
DEUDOR : PCT S.A.C. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : SOCIEDAD CONYUGAL ROBERTO ÁNGEL
VILLALOBOS SMITH Y CARLOTA GODOY GÓMEZ
DE VILLALOBOS
RECONOCIMIENTO DE CREDITOS
LAUDO ARBITRAL
ACTIVIDAD : CONSTRUCCION EDIFICIOS COMPLETOS
SUMILLA: se revoca la Resolución 8064-2008/CCO-INDECOPI del 12 de
setiembre de 2008, que registró como contingentes los créditos invocados
por la Sociedad Conyugal Roberto Ángel Villalobos Smith y Carlota Godoy
Gómez de Villalobos frente a PCT S.A.C. en Liquidación ascendentes a
US$ 153 140,00 por capital y, reformándola, se declara fundada la solicitud
de reconocimiento de créditos presentada por el referido acreedor y se
reconoce dichos créditos otorgándoles el tercer orden de preferencia hasta
el monto ascendente a US$ 115 000,00 y el quinto orden de prelación hasta el
importe de US$ 38 140,00, por encontrarse sustentados en un laudo arbitral
firme.
Lima, 20 de agosto de 2009
ANTECEDENTES
1. El 24 de marzo de 2008 se publicó en el diario oficial “El Peruano” la
situación de concurso de PCT S.A.C. (en adelante, PCT). En sesión del 14
de octubre de 2008, la Junta de Acreedores acordó la liquidación de dicha
empresa, designó al señor Luis Fernando Talavera Ballón como liquidador y
aprobó el respectivo convenio de liquidación.
2. Por escritos del 5 de mayo y 1 de agosto de 2008, la sociedad conyugal
conformada por los señores Roberto Ángel Villalobos Smith y Carlota Godoy
Gómez de Villalobos (en adelante, la sociedad conyugal Villalobos Godoy)
invocó el reconocimiento de créditos frente a PCT ascendentes a
US$ 153 140,00, derivados de la falta de entrega de diversos inmuebles
según lo pactado en un contrato de compraventa de bien futuro celebrado el
7 de mayo de 2005, conforme al siguiente detalle:
Origen Monto US$
Adelanto de pago del precio de inmuebles 102 500,00
Compensación por pronto pago del precio de
los inmuebles 17 900,00
Compensación por atraso en la entrega de
los inmuebles, devengada desde fecha de
entrega de inmuebles hasta octubre 2007
29 100,00

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