Sentencia nº 001376-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 17 de Agosto de 2009

Fecha de Resolución17 de Agosto de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente1784-2008/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 1376-2009/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 1784-2008/CPC
M-SDC-13/2B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DENUNCIANTE : ORLANDO SISSA VELARDE
DENUNCIADO : GRAYMAR S.A.C.
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD DEL PRODUCTO
MEDIDAS CORRECTIVAS
SANCIÓN
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MAYOR DE OTROS PRODUCTOS
SUMILLA: Se confirma la Resolución 30-2009/CPC del 7 de enero de 2009,
emitida por la Comisión de Protección al Consumidor, en el extremo apelado
que declaró fundada la denuncia presentada por el señor Orlando Sissa
Velarde contra Graymar S.A.C. por infracción del artículo 8º del Decreto
Legislativo 716, al haber quedado acreditado que algunas de las piezas de
granito instaladas en el mueble de cocina adquirido por el denunciante eran
de una tonalidad distinta a la escogida por éste y que la denunciada no
efectuó el cambio correspondiente. Asimismo, se confirma la medida
correctiva dispuesta en dicha resolución, así como la sanción de 1 UIT y la
condena de costas y costos del procedimiento impuestas a la denunciada.
SANCIÓN: 1 UIT
Lima, 17 de agosto de 2009
ANTECEDENTES
1. El 15 de julio de 2008, el señor Orlando Sissa Velarde (en adelante, el señor
Sissa) denunció ante la Comisión de Protección al Consumidor (en adelante,
la Comisión) a Graymar S.A.C. (en adelante, Graymar) por infracción del
Decreto Legislativo 716. En su denuncia, señaló que el 6 de abril de 2008
adquirió de Graymar un mueble de cocina marca “Febal”, al cual debían
instalársele diversas piezas de granito y ser entregado a fines de abril. Sin
embargo, indicó que cuando el mueble fue instalado en su cocina, sólo
algunas de las piezas de granito instaladas eran del color escogido, siendo
que el denunciado se negó a cambiar las piezas que no correspondían
aduciendo que eran del color elegido
1
.
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Si bien el s eñor Sissa también denunció que el m ueble no fue entregado con todos los acabados pues faltaban las
cenefas de la parte alta del mueble, los zócalos, unas repisas de vidrio y además que uno de los 2 l avaplatos que
debía instalarse tenía la poza invertida, ambas partes arribaron a un acuerdo, sobre estos puntos, en la audiencia de
conciliación del 16 de octubre de 2008, quedando pendiente el aspecto referido a la instalación de granito.

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