Resolución nº 004131-2012/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 15 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2012
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente2533-2012/CPC
Resolución 2º Instancia-/
Actividad EconómicaOtras Actividades Financieras
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 1
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 2533-2012/CPC
M-CPC-05/1A 1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 4131-2012/CPC
EXPEDIENTE Nº : 2533-2012/CPC
DENUNCIANTE : CARLOS MANUEL CARDENAS BONELLI
(EL SEÑOR CÁRDENAS)
DENUNCIADA : SINGLE TRADE INTERNACIONAL BROKERS Y HM
COMPANY (SINGLE TRADE)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IMPROCEDENCIA DE LA DENUNCIA
PRETENSIÓN DE NATURALEZA PENAL
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES AUXILIARES DE LA INTERMEDIACIÓN
FINANCIERA
PROCEDENCIA : LIMA
Lima, 15 de noviembre de 2012
ANTECEDENTES
1. El 10 de octubre de 2012, el señor Cárdenas presentó una denuncia contra
Single Trade por presunta infracción a la Ley N° 29571, Código de Protección y
Defensa del Consumidor (en adelante, el Código), señalando que:
(i) Los representantes de Single Trade en el Perú, el señor Eugenio Antonio
Muñoz Muñoz (en adelante, el señor Muñoz) y la señora Pamela Moreno
(en adelante, la señora Moreno), le generaron agravios hasta por la suma
de US$ 17 000,00, de los cuales acredita que entregó la suma de
US$ 14 000,00 y el saldo fue entregado de manera directa con cargo a
que se le entregaran recibos;
(ii) el señor Muñoz y la señora Moreno se coludieron con el señor
Washington López (en adelante, el señor López), el señor Roberto
Jimenez (en adelante, el señor Jimenez) y el señor Alejandro Araya (en
adelante, el señor Araya);
(iii) al referido grupo humano asociado ilícitamente para delinquir se unió la
señora Ana Tablareschi (en adelante, la señora Tablareschi),
respondiendo todos a un único domicilio en el que todos trabajan en la
modalidad de estafa, tipificada en el artículo 196° del Código Penal,
mediante el ardid y el engaño;
(iv) los mencionados sujetos captan clientes por intermedio de la línea
telefónica ofreciendo ganar dinero fácil con el propósito que se deposite
dinero, siendo que al primer depósito indican que se ha ganado
determinada suma de dinero, por ejemplo, US$ 3 000,00, indicando
posteriormente que se ha ganado otra suma igual. Asimismo, solicitan
que se deposite una suma de dinero mayor para que se generen
ganancias mayores y cuando se les indica que no se puede depositar
más dinero llaman indicando que se perdió todo el dinero entregado; y,
(v) era evidente que el accionar de dichas personas se constituía en un
delito, pero que se debía evaluar la fórmula engañosa de publicidad
utilizada por la parte denunciada y el hecho de que utilizaban la
intermediación financiera a través de un Banco.

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