Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 11665/2004-CR, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorAgraria

COMISION AGRARIA

Periodo Anual de Sesiones 2004-2005

Señor Presidente:

Ha venido para estudio y dictamen de la Comisión de Agraria, el Proyecto de Ley Nº

la “ley de intangibilidad y exclusividad de los predios rústicos del INIEA par la innovación tecnológica y Desarrollo de competitividad agraria.

Luego del análisis y debate correspondiente, la Comisión ha acordado, por mayoría, en sesión ordinaria Nº 18 del 11 de mayo de 2005, proponer al Pleno la aprobación del texto sustitutorio que consta en la parte final del presente dictamen.

Situación procesal de la Proposición Legislativa

El proyecto de ley Nº 11665/2004-CR, ha sido derivado tan sólo a la Comisión Agraria.

Contenido de la Propuesta

El proyecto de ley Nº 11665/2004-CR, presentado por el congresista Alcides Llique Ventura, propone declarar la intangibilidad y la exclusividad de los predios rústicos de propiedad del Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria –INIEA-, al servicio de la investigación, conservación de recursos genéticos, producción de semillas, plantones y reproductores de alto valor genético, transferencia de tecnología, asistencia técnica y actividades de extensión agropecuaria.

Dispone que cualquier disposición legal o administrativa o acto contrario que contravenga esta norma es nulo.

En su artículo segundo manda al PETT y los Registros públicos regularizarla inscripción de los predios rústicos a favor del INIEA, fijando el plazo no mayor de 90 días.

Asimismo en el artículo 3º determina que el INIEA es el ente administrador y conductor de los predios rústicos de las estaciones experimentales, subestaciones y anexos ubicados en el territorio nacional, en coordinación con los Gobiernos Regionales y Locales.

A su vez, en el artículo 4º se le faculta celebrar convenios y contratos nacionales o internacionales para el manejo de sus predios rústicos de las estaciones experimentales, subestaciones y anexos. La celebración de convenios o contratos con los Gobiernos Regionales y Locales, empresas privadas u otras entidades del Estado, es exclusiva para la generación de tecnología, innovación tecnológica y desarrollo de competitividad agraria de los pequeños agricultores del ámbito de su jurisdicción.

Marco Normativo

  1. Constitución Política del Estado. artículos 88º

  2. Decreto Ley Nº 25902 “Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura” 3. Ley Nº 25785 que establece que “Los predios rústicos de propiedad o afectados en uso del INIA son intangibles y sólo podrán ser utilizados con fines agrarios”. 4. Decreto Legislativo Nº 613 “Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales” 5. Decreto Legislativo Nº 565 “Ley de Organización y Funciones del Sector Agrario” 6. Ley Nº 28076 “Ley que modifica el Decreto Ley Nº 25902 y constituye el Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria”. 7. Ley Nº 25509 “Ley que declara en situación de emergencia a la actividad agraria nacional y ponen en marcha programas de apoyo, especialmente a favor de pequeños agricultores. 8. Decreto Supremo Nº 051-94-AG, que aprueba donación de estaciones experimentales del INIA a favor de la Fundación Perú. 9. Decreto Supremo Nº 005-98-AG que deja sin efecto transferencia de estaciones experimentales efectuada mediante D.S. Nº 51-94-AG. 10. Decreto Supremo Nº 024-2003-AG, Autorizan al INIA a efectuar aporte para constituir fundación. 11. Decreto Supremo Nº 021-2004-AG que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INIEA

Análisis

Aspectos Constitucionales y Legales

De conformidad con el artículo 88º de la Constitución Política del Estado, el Estado

apoya preferentemente al Desarrollo Agrario. Y este apoyo debe ser desde todo aspecto, especialmente dotándole de un marco jurídico que permita su desarrollo y expansión.

Asimismo el Decreto Legislativo 613 “Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales”, en su artículo 37º establece que es obligación perentoria del Estado velar por la conservación, defensa, recuperación, aprovechamiento sostenido y difusión del patrimonio natural de la nación.

El Decreto Ley Nº 25785, declaró la intangibilidad de los predios rústicos de propiedad afectados en uso al INIAA y determinan la exclusividad de ser utilizados con fines agrarios. Esta disposición fue...

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