Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 11220, 11319, 11476, 11477, 11479, 11540, 11561, 11607/2004-CR, 11663, 11680, 11681 y 11734, 11923, 11924, 11925/2004-CR, 7330, 5122, 5613 y 5690, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorSeguridad Social

Dictamen recaído en los Proyectos de Ley Nº

(s) 11220, 11319, 11476, 11477, 11479, 11540,

11561, 11607/2004-CR, 11663, 11680, 11681 y

11734, 11923, 11924, 11925/2004-CR, 7330,

5122, 5613 y 5690 que proponen la “Ley de

Desarrollo de la Reforma Constitucional del

Régimen de Pensiones del Decreto Ley Nº

20530”.

DICTAMEN EN MINORIA

Señor Presidente:

Ha venido para dictamen de la Comisión de Seguridad Social los siguientes proyectos de Ley:

I.

INICIATIVAS LEGISLATIVAS

Proyecto de Ley 11220/2004-PE

Poder Ejecutivo

de la Constitución Política del Perú, que propone la Ley de Desarrollo de la Reforma Constitucional del Régimen de Pensiones del Decreto Ley No 20530.

Proyecto de Ley 11319/2004-CR,

congresista Santos Jaimes Sérkovic

Ley de Topes Máximos y Mínimos para la Reforma del Sistema Pensionario del Decreto Ley No 20530.

3) Proyecto de Ley 11476/2004-CR,

propone el cierre del ingreso al Régimen del Decreto Ley No 20530 a los magistrados del Poder Judicial y a los fiscales del Ministerio Público; y derogar los artículos 188º , 189º y 194º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

4) Proyecto de Ley 11477/2004-CR,

congresista Rafael Valencia – Dongo Cárdenas

propone la modificación del artículo No 186º del Texto Único Ordenado del Poder Judicial, a efectos de eliminar el beneficio de la pensión de viudez y orfandad, de que gozan la cónyuge y los hijos de los magistrados, respectivamente, a la muerte de éste; equivalente al haber que le correspondía al grado inmediato superior.

Proyecto de Ley 11479/2004-CR,

propone el aumento de pensiones del Régimen del Decreto Ley No 19990, de aquellos que hayan cumplido 65 años o más de edad y que, sean menores de S/. 415 nuevos soles mensuales, hasta dicho monto, a partir del año 2005, financiado con la aplicación del tope de una UIT a las pensiones del Régimen del Decreto Ley No 20530.

Proyecto de Ley 11540/2004-CR,

que propone regular el pago de los devengados a los cesantes del Decreto Ley Nº 20530, presentado por la congresista Dora Núñez Dávila.

Proyecto de Ley 11561/ 2004-CR,

que propone un aumento de pensiones del Régimen del Decreto Ley Nº 20530 menores a 700 soles, complementario al Proyecto de Ley Nº 11220/2004.PE.

8) Proyecto de Ley 11607/2004-CR,

propone establecer la equivalencia entre la pensión de jubilación y la viudez u orfandad, propone, entre otros, la modificación del artículo 25º del D.L. Nº 20530.

Proyecto de Ley 11663/2004-CR,

adecuación de pensiones al tope máximo establecido en el Proyecto de reforma constitucional referido al Sistema Pensionario del Decreto Ley Nº 20530, con el propósito de establecer criterios adecuados de reducción del monto de las pensiones.

10)

Proyecto de Ley 11680/2004-CR

Xavier Barrón Cebreros

modificar el artículo 1º de la Ley No 28047 para la reforma del Sistema Pensionario del Decreto Ley No 20530.

11)

Proyecto de Ley 11681/2004-CR

derogar la Ley 28046, para la reforma del Sistema Pensionario del Decreto Ley 20530.

12)

Proyecto de Ley 11734/2004-CR

congresista Rafael Aita Campodónico

propone la Ley de Desarrollo de la Reforma Constitucional del Régimen de Pensiones del Decreto Ley No 20530.

13)

Proyecto de Ley 11923/2004-CR,

presentado por los señores congresistas Natale Amprimo Pla; Jorge del Castillo Gálvez y otros señores congresistas del Partido Aprista Peruano; congresista Rafael Aita Campodónico y otros señores congresistas de Unidad Nacional y congresista Jesús Alvarado Hidalgo y otros señores congresistas de Perú Posible, que proponen un Texto consensuado de la Ley de Desarrollo de la Reforma Constitucional del Régimen de Pensiones del Decreto Ley 20530.

14)

Proyecto de Ley 11924/2004-CR,

que propone monto máximo de pensiones en la Reforma del Sistema Pensionario del Decreto Ley No 20530, presentado por el congresista Xavier Barrón Cebreros.

15)

Proyecto de Ley 11925/2004-CR,

que propone la Ley de aplicación de la reforma del Sistema Pensionario del Decreto Ley 20530 para los trabajadores que no han alcanzado los requisitos de incorporación.

16)

Proyecto de Ley 7330/2002-CR,

propone derogar los artículos Nos. 188º y 189º y la Décima Disposición Final y Transitoria del texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

17)

Proyecto de Ley 5122/2002-CR,

que propone precisar los alcances de la Décimo Cuarta Disposición Transitoria de la Ley No 25512, modificatoria de la Ley No 24029 – Ley del Profesorado, presentado por la congresista Mercedes Cabanillas Bustamante.

18)

Proyecto de Ley No 5613/2002-CR,

que propone incorporar al Régimen Pensionario de la Ley No 20530, al profesorado que haya laborado en condición de contratado o nombrado; presentado por el congresista Xavier Barrón Cebreros.

19)

Proyecto de Ley No 5690/2002-CR,

que propone ratificar al Régimen Pensionario de la Ley No 20530 al profesorado que haya laborado en condición de contratado o nombrado, presentado por el congresista Xavier Barrón Cebreros.

II.

ANTECEDENTES

Las iniciativas legislativas reseñadas se fundamentan en la Reforma Constitucional de los artículos 11º, 103º y la Primera Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política, plasmadas en la Ley Nº 28389 publicada el 17 de noviembre del 2004.

Tal como resulta de conocimiento público, estas modificaciones se enfocan en los siguientes puntos de manera principal:

- Cierre definitivo del Régimen del Decreto Ley Nº 20530. - Eliminación de la nivelación de las pensiones con las remuneraciones. - Fijación del tope del monto de la pensión. - Eliminación de la teoría de los derechos adquiridos en materia previsional (D.L. Nº 20530) de la Constitución Política.

Estas modificaciones constitucionales requieren de un desarrollo legislativo que han tenido como pauta la iniciativa legislativa presentada por el Poder Ejecutivo mediante el Proyecto de Ley Nº 11220/2004-PE, a partir de la cual se han llevado a cabo numerosos debates que han involucrado a todo el sector involucrado y presumiblemente afectado.

Ahora bien, la Comisión de Seguridad Social con fecha 15 de noviembre aprobó por mayoría el dictamen recaído sobre las iniciativas legislativas presentadas, respecto del cual mantenemos determinadas discrepancias, y que son materia del presente dictamen en minoría.

III.

ANALISIS Y DIFERENCIAS CON EL DICTAMEN EN MAYORIA

Debemos empezar señalando que nos encontramos de acuerdo con el cierre definitivo del Decreto Ley Nº 20530 por representar un sistema de iniquidades y privilegios para unos cuantos. Por otro lado, si bien coincidimos con la mayoría de las propuestas plasmadas en el dictamen en mayoría también consideramos que en esta gran reforma constitucional que busca generar un ahorro económico al erario nacional, se ha dejado de lado al sector de los pensionistas que se encuentra en peores condiciones, que son los del Decreto Ley Nº 19990, a los cuales debe alcanzarles los be neficios de esta reforma.

3.1. De forma:

señalando a cada momento “desarrollo de la Reforma Constitucional de los artículos 11º y 103º y la Primera Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú”, sería de mejor técnica legislativa señalar “Ley Nº 28389”, que sabemos es la que aprueba la reforma constitucional de los referidos artículos constitucionales.

3.2. ¿Qué comprende la reforma?:

señala que el desarrollo de la reforma constitucional comprende única y exclusivamente el Régimen del Decreto Ley Nº 20530.

Al respecto, como lo hemos señalado líneas arriba, consideramos que debemos incluir como beneficiarios de esta reforma a los pensionistas del Régimen del Decreto Ley Nº 19990.

El punto fundamental se basa en que en ambos regímenes la contribución del Estado es altamente significativa para financiar el pago de pensiones. En tal sentido una acción redistributiva, en beneficio de la equidad dentro del tramo contributivo de la seguridad social, implicaría,

por una razón de “dignidad humana” favorecer a quienes tienen pensiones menores a la pensión...

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