Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 2001/2001–CR, 5346/2002–CR 10133/2003–CR y 10687/2003–CR, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorDefensa del Consumidor y Organismos Reguladores de Los Servicios Publicos
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Señor Presidente:
Ha venido a esta Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los
Servicios Públicos, los Proyectos de Ley N° 2001/2001CR, 5346/2002CR, 10133/2003CR y
10687/2003CR, que proponen modificar el sistema de facturación del consumo de servicios
públicos comunes de inmuebles multifamiliares, presentados por los Congresistas MAURICIO
MULDER BEDOYA, JOSE BARBA CABALLERO, HILDEBRANDO TAPIA SAMANIEGO, MANUEL
ARTURO MERINO DE LAMA y MAXIMO MENA MELGAREJO y LUIS SANTA MARIA CALDERON.
I. Contenido de los Proyectos
El Proyecto de Ley 2001/2001-CR propone que el importe por consumo de energía eléctrica por
servicios comunes en inmuebles multifamiliares sea prorrateado entre todos los predios,
autorizando a las prestadoras del servicio a incluir en los recibos de pago de cada predio el
importe prorrateado.
El Proyecto de Ley N° 5346/2002CR propone que todo predio multifamiliar deba contar con
suministro de agua individual, que el cobro del consumo de agua potable se realice mediante
recibo girado al usuario individual por cada predio y que el monto total a cobrarse será distribuido
de acuerdo al consumo de cada predio.
El Proyecto de Ley 10133/2003-CR propone que la Junta de Propietarios por mayoría calificada
puede acordar que la individualización del pago del servicio de energía eléctrica por consumo de
servicios comunes de forma prorrateada, incluyéndose su monto en el recibo de pagos de cada
predio. Se establece asimismo la facultad de la prestadora del servicio al corte del servicio en el
caso que se incumpla con el pago de la alícuota.
El Proyecto de Ley 10687/2003-CR propone establecer la obligación de las empresas prestadoras
de servicios de electricidad y agua potable de cobrar el costo del suministro común a cada uno
de los propietarios en forma proporcional a su porcentaje de participación a solicitud de la Junta
de Propietarios, estableciendo un procedimiento de aprobación del acuerdo por la Junta de
Propietarios.
II. Opiniones recibidas
Se han recibido las siguientes opiniones:
1. Del Ministerio de Energía y Minas, sobre el Proyecto de Ley N° 2001/2001-CR, mediante
Oficio N° 885-2002-EM/DM, señalando que la iniciativa es importante pues propende a la
defensa de los usuarios que cumplen sus obligaciones, proponiendo modificaciones.
2. De OSINERG, sobre el Proyecto de Ley N° 2001/2001-CR, desfavorable por contener
mayores desventajas que ventajas, recomendando que la solución debe ir por la agilización
de mecanismos para cobranzas coactivas por parte de las Juntas de Propietarios. Sin
embargo, se señala que de aprobarse la norma debe perfeccionarse el proyecto.
3. Del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sobre el Proyecto de Ley N°
5346/2002-CR, señalando que en el caso de edificaciones ya construidas, deben cumplir

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