Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 14736/2005-PE, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorRelaciones Exteriores

PROYECTO DE R4ESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Nº 14736/2005-PE QUE PROPONE APROBAR

EL TRATADO DE EXTRADICIÓN ENTRE LA

REPÚBLICA DEL PERÚ Y LA REPÚBLICA DE

EL SALVADOR

DICTAMEN

SEÑOR PRESIDENTE:

Ha ingresado para dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores el proyecto de

ciudad de Lima el 7 de julio de 2005.

  1. OBJETIVO DE LA PROPUESTA

    objetivo facilitar la administración de justicia en la prevención y represión de los delitos en ambos países, para evitar su impunidad. Este Tratado ha sido remitido por el Poder Ejecutivo de conformidad con los artículos 56º y 102° - inciso 3, de la Constitución Política del Perú.

  2. ANTECEDENTES

    1.- PROCEDIMENTALES:

    Mediante OF. RE (TRA) Nº 3-0/35 c/a del 29 de mayo de 2006, el Ministro de Relaciones Exteriores pone a consideración del Congreso de la Republica para su aprobación, el Tratado de Extradición citado. El pedido ingresa al Congreso el mismo día y por decreto de envío del 1 de junio del mismo año es derivado a la Comisión de Relaciones Exteriores Al pedido, suscrito por el Ministro de Relaciones Exteriores, se adjunta: 1. Copia del Tratado materia del pedido. 2. Memorándum (MCC) Nº 50 del 8 de julio de 2005, de la Dirección General de México, Centroamérica y El Caribe del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3. Oficio Nº 365-2005-JUS/DVM del 23 de agosto de 2005, del Despacho Viceministerial del Ministerio de Justicia, adjuntando el informe Nº 232-2005-JUS/AT del 22 del mismo mes, de la Asesoría Técnica del Ministerio de Justicia. 4. Memorándum (DGL/CJE) Nº 1586 del 16 de agosto de 2005, de la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores. 5. Memorándum (AJU) Nº 239 del 3 de agosto de 2005, de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores. 6. Informe (TRA) Nº 017-2006 de la Dirección de Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores.

    7. Resolución Suprema Nº 151-2006-RE del 25 de abril de 2006 ordenando la remisión del Tratado al Congreso de la República.

    2.- HISTÓRICOS:

    El Perú ha suscrito importantes instrumentos internacionales que sirven de sustento jurídico y doctrinario del Tratado que es materia del presente análisis.

    Entre los convenios bilaterales vigentes sobre extradición,

    BELGICA:

    23 de noviembre de 1888, vigente desde el 23 de octubre de 1890.

    BRASIL:

    febrero de 1919. Aprobada por Resolución Legislativa Nº 4462 del 7 de enero de 1921, promulgada el 9 de enero de 1922. Canje de ratificaciones en Lima, y vigencia, el 22 de mayo de 1922.

    CHILE:

    por Resolución Legislativa Nº 8374 del 16 de junio de 1936, promulgada el 7 de julio de 1936. Canje de ratificaciones en Lima, y vigencia, el 15 de julio de 1936.

    ESTADOS UNIDOS DE AMERICA:

    noviembre de 1899. Aprobado por Resolución Legislativa del 11 de diciembre de 1899. Aprobado por el Senado de EE.UU. el 8 de febrero de 1900. Adición introducida por el Senado Americano. Canje de ratificaciones en Lima, y vigencia, el 23 de enero de 1901..

    ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

    estupefacientes y sustancias sicotrópicas .- Intercambio de notas en Colombia entre los

    Ministros de Relaciones Exteriores del Perú y Estados Unidos el 15 de febrero de 1990. Vigente desde el 15 de febrero de 1990. Ratificado por Decreto Supremo Nº 012-96-RE del 19 de abril de 1996.

    FRANCIA.-

    Aprobada por el Congreso por Resolución Legislativa del 15 de junio de 1875. Canje de ratificaciones en París, y vigencia, el 19 de enero de 1876.

    GRAN BRETAÑA,-

    Aprobado por Resolución Legislativa Nº 226 del 29 de setiembre de 1906. Canje de ratificaciones en Lima el 30 de noviembre de 1906

    LAS BAHAMAS.-

    Comunidad de las Bahamas . Cambio de notas entre los Ministerios de Relaciones Exteriores de la Comunidad de las Bahamas y del Perú el 7 de marzo y 2 de agosto de 1978, respectivamente. Vigente desde el 14 de agosto de 1978, fecha de la nota Nº 7-1- 0/53, de la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas, comunicando la aceptación del Gobierno del Perú.

    ZANZIBAR E ISLAS SALOMON

    del 26 de enero de 1904, con Gran Bretaña, a los territorios de Zanzibar e Islas Salomón , por cambio de Notas entre la Legación Británica en Lima y el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú de fechas 5 y 17 de marzo de 1937, respectivamente, fecha en que entró en vigencia. Acuerdo aprobado por Resolución Suprema Nº 223 del 24 de marzo de 1937.

    ESPAÑA

    firmado el 28 de junio de 1989. Aprobado por Resolución Legislativa Nº 25347 del 31 de

    octubre de 1991. El intercambio de instrumentos de ratificación se realizó en Lima el 17 de diciembre de 1993 y entró en vigencia el 31 de enero de 1994.

    ITALIA.-

    suscrito en la ciudad de Roma, el 24 de noviembre de 1994. Aprobado por el Congreso de la República mediante la Resolución Legislativa Nº 26759 del 13 de marzo de 1997.

    MEXICO.-

    Mexicanos suscrito en la ciudad de México Distrito Federal el 2 de mayo de...

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