Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 10731/2004-CR, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorEconomía e Inteligencia Financiera

Dictamen recaído en la Autógrafa de Ley de Fortalecimiento del Fondo Múltiple de Cobertura MYPE y de Mediana Empresa Relacionada observada por el Poder Ejecutivo .

DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA E INTELIGENCIA

FINANCIERA

Señor Presidente: Ha ingresado a la Comisión de Economía e Inteligencia Financiera para dictamen la Autógrafa de Ley de Fortalecimiento del Fondo Múltiple de Cobertura MYPE y de Mediana Empresa Relacionada, observada por el Poder Ejecutivo y derivada del Proyecto de Ley N° 10731/2004-CR, presentado por los Congresistas Luis Solari de la Fuente, Jesús Alvarado Hidalgo, Alberto Cruz Loyola, Kuennen Franceza Marabotto, Wilmer Rengifo Ruiz, Susana Higuchi Miyagawa, Juan Valdivia Romero, Luis Alva Castro, Rafael Valencia-Dongo Cárdenas, quienes proponen modificar el Decreto de Urgencia N° 056-96, a efecto de cambiar la denominación incrementar los recursos y ampliar tanto la cobertura como la vigencia del denominado Fondo de Respaldo destinado a la ejecución de un programa de afianzamiento para la Pequeña y Microempresa.

I.

OBSERVACIONES DEL PODER EJECUTIVO

El Poder Ejecutivo presenta las siguientes observaciones:

Observación 1:

“Al extender el Fondo Múltiple de Cobertura de la Pequeña y Micro Empresa a la Mediana Empresa Relacionada, no se ha considerado que estas unidades económicas productivas podrían absorber una considerable porción de los recursos que conforman este Fondo”. Asimismo, señala que “el Fondo Múltiple de Cobertura MYPE y Mediana Empresa Relacionada se constituirá principalmente con la transferencia de recursos de otros Fondos existentes actualmente y cuyo alcance está referido específicamente a la Micro y Pequeña Empresa”. Reconociendo adicionalmente que “si dichos fondos no han cubierto totalmente las expectativas de financiamiento de las MYPE, resulta inadecuada la

extensión de la cobertura de este Fondo hacia el afianzamiento de la mediana empresa”. Finalmente se indica que “el Fondo Múltiple de Cobertura no respaldaría a las micro y pequeñas empresas, si en cambio a las medianas empresas las cuales tienen mayor capacidad para obtener garantías y seguros, por lo que los aportes del fondo serían captados por ellas”.

Observación 2:

La segunda observación está referida al inconveniente de aprobar la transferencia del literal c) del Artículo 5º de la Autógrafa que establece que son recursos del Fondo Múltiple la: “Transferencia de Bonos del Tesoro Público del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de empresa (FOPE), creado por Decreto de Urgencia Nº 059-2000, hasta la suma de US $ 13´500,000.00”. Las razones esgrimidas son: • Si bien dichos recursos están autorizados y registrados en CAVALI a la fecha, se trata de un saldo no colocado que no ha generado ni genera costo alguno para el Estado, su utilización implicaría un incremento de la deuda pública. • La tasa nominal de dichos bonos es muy alta (8% anual fija) para las condiciones del mercado actual, siendo una deuda denominada en dólares, lo que contradice los objetivos de la estrategia de endeudamiento adoptada por esta administración y que busca reducir el riesgo cambiario al que esta expuesta el total de la deuda pública. Adicionalmente en la observación se señala que el Decreto de Urgencia Nº 059-2000 autorizó la emisión de Bonos del Tesoro Público hasta por US $ 500 millones, de los cuales US $ 400 millones correspondían al FOPE y US $ 100 millones al RFA, siendo COFIDE el encargado de la administración y colocación de dichos bonos, cuyas características

financieras furon establecidas por D.S. Nº 087-2000-EF (del 16.08.00) y la...

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