Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 11876/2004-CR, 13009/2004 Y 13906/2005-CR, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorTrabajo

DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE PRODUCCIÓN Y PYMES

Periodo Legislativo 2005 - 2006

Señor Presidente:

Ha ingresado para dictamen de la Comisión de Producción y PYMEs, los Proyectos de Ley Nº 11876/2004-CR, 13009/2004-CR y 13906/2005-CR, presentado por los Congresistas Víctor Velarde Arrunátegui, Juan Manuel Figueroa Quintana y Manuel Merino De Lama respectivamente, los que proponen regular la inserción representantes de las Micros y Pequeñas Empresas (MYPEs) en los directorios de todas las instituciones públicas.

  1. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

    1.1

    Proyecto de Ley Nº 11876/2004-CR,

    legitimidad a los representantes de los gremios de las MYPEs en los directorios de las instituciones públicas con la finalidad de contribuir a la mayor eficiencia, transparencia y ética en lo relacionado al acceso de las MYPEs al mercado Estatal.

    Sustenta su propuesta en que el Artículo 59º de la Constitución Política del Estado, pues el Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad, en este sentido, se promueven las MYPEs en todas sus modalidades.

    1.2

    Proyecto de Ley Nº 13009/2004-CR,

    competente que se encargará de establecer el procedimiento de elección de los representantes de las asociaciones empresariales de la micro y pequeña empresa, ante distintas entidades del Estado.

    Dada la gran importancia de las MYPEs en el desarrollo del sector empresarial y económico del país -en el caso concreto de los textiles representan 98% de la industria- resulta necesario fomentar la institucionalidad de las asociaciones y gremios empresariales de las MYPEs fortaleciendo y privilegiando su participación democrática en las distintas instancias representativas de las entidades del Estado tales como consejos, comisiones, directorios y todo órgano de similar naturaleza.

    En este sentido, el desarrollo de la institucionalidad de un proceso democrático y transparente para la elección de representantes de las MYPEs constituye la base de un sistema democrático estable. Asimismo el Estado debe permitir la participación de los gremios empresariales de la MYPE formalmente constituidas.

    1.3

    Proyecto de Ley Nº 13906/2005-CR,

    mecanismos democráticos de elección de los representantes de las MYPEs en los órganos de dirección de las entidades del Estado.

    La iniciativa considera que, teniendo las MYPEs representación en algunos órganos directivos de entidades del Estado y no estando, en la actualidad, normada la forma de cómo se accede al cargo de representante de estas unidades productivas; es indispensable que se señale el mecanismo democrático de participación que permita una verdadera legitimidad de los representantes de las MYPEs. Para tal efecto, resulta importante que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, entidad que tiene a su cargo el desarrollo de las MYPEs, sea la encargada de convocar a elecciones de representantes de los gremios empresariales y asociaciones de micro y pequeños empresarios.

    Asimismo, considera importante que las MYPEs se organicen como una sola unidad en defensa de sus derechos, que sea única la organización que englobe a todos los demás gremios y asociaciones, para que sea en éste ámbito en el que se desarrolle las elecciones de los representantes de las MYPEs y se deje de lado la elección por gremio o asociación. Evidentemente, en este campo se debe privilegiar a las MYPEs por sectores, es así que la reglamentación impulsará mecanismos para que las MYPEs de un determinado sector puedan estar representadas legítimamente en las entidades que se desarrollen en su ámbito de acción.

  2. ANTECEDENTES LEGALES

    2.1

    brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en todas sus modalidades.

    Esta iniciativa se desprende del principio constitucional a la igualdad, la cual determina que solamente existe igualdad cuando se trate de la consecución de actores en igualdad de condiciones.

    Es entonces de esta manera en la que se debe actuar, teniendo en consideración lo que en el derecho constitucional se conoce como discriminación positiva o inversa, la que propugna crear las condiciones para que los menos favorecidos se encuentren en igualdad de condiciones con los más favorecidos, ofreciendo principalmente condiciones de desarrollo más favorables para los menos favorecidos.

    2.2

    una República Democrática, por lo cual resulta primordial impulsar la las elecciones, mediante las cuales se obtengan representantes de las MYPEs que posean legitimidad, esto importa que sean elegidos en procesos democráticos transparentes con las debidas garantías del caso.

    2.3

    Pequeña y Micro Empresa prescribe que PROMPYME es la entidad encargada de la promoción de las compras estatales hacia las MYPEs.

    2.4

    Empresa creó el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa – CODEMYPE. Asimismo, la misma norma en su Artículo 7º, se otorgó, entre otras funciones atribuciones, a este organismo para contribuir a la coordinación y armonización de las políticas y acciones sectoriales, de apoyo a las MYPE, a nivel nacional, regional y local.

  3. OPINIONES RECIBIDAS

    3.1 El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a través de PROMPYME y del informe Nº 015-2005-PROMPYME-AL adjuntado al Oficio Nº 0194- 2005/PROMPYME/DE propone algunas precisiones al Proyecto de Ley Nº 11876-2004-CR. En primer término, en la medida que la iniciativa propugna una mayor transparencia y ética en el acceso de las MYPEs al mercado Estatal, la misma propuesta colisionaría en este tema en particular, con las funciones de PROMPYME ya que esta entidad, de...

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