Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 1123/2001-CR; 6517/2002-CR; 7106/2002-CR; 7841/2003-CR; 8257/2003-CR; 8280/2003-CR; 10163/2003-CR; 10180/2003-CR; 10201/2003-CR; 10252/2003-CR; 10354/2003-CR; 11881/2004-PE; 12223/2004-CR; 12265/2004-CR; y 12462/2004-CR, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorDefensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas

COMISION DE DEFENSA NACIONAL, ORDEN INTERNO,

INTELIGENCIA, DESARROLLO ALTERNATIVO Y LUCHA

CONTRA LAS DROGAS

PERIODO ANUAL DE SESIONES 2004-2005

Señor Presidente:

Han ingresado a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas para dictamen los siguientes Proyectos de Ley:

Nº 01123/2001-CR,

José Barba Caballero e Hildebrando Tapia Samaniego,

proponen modificar el procedimiento de elección y el perfil del Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia (CNI).

Nº 06517/2002 -CR,

Central Nacional de I nteligencia.

Nº 07106/20021-CR,

José Luis Risco Montalbán

procedimiento de exoneración de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, respecto de aquellos que se realizan con carácter de secreto militar o de orden interno, regulado en el artículo19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado..

Nº 07841/2003 -CR

Luis Iberico Núñez

Ley 27479, Ley del SINA.

Marciano Rengifo Ruiz,

de Inteligencia del Congreso de la República.

Nº 08280/2003-CR

Mercedes Cabanillas

la Ley Nº 27479, sobre la designación del Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia.

Nº 10163/2003 -CR

Pedro Morales Mansilla

y suspende las funciones del Consejo Nacional de Inteligencia.

Supremo Nº 026-2004-PCM, que declara en reorganización el Consejo Nacional de Inteligencia.

Nº 10201/2003 -CR

Héctor Chávez Chuchón

de la Ley Nº 27479, referido a los requisitos que debe reunir el Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia.

Nº 10252/2003 -CR

Célula Parlamentaria del APRA

dejar sin efecto los artículos 2º, 3º, 4º y 5º del Decreto Supremo 026-2004- PCM que declara en reorganización el Consejo Nacional de Inteligencia.

164º de la Constitución Política respecto del procedimiento para la designación del Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia.

Nº 11881/2004 -PE, Poder

Ejecutivo,

(AIE) y el Sistema de Inteligencia Nacional (SINA).

Nº 12223/2004 -CR,

Dora Núñez Dávila

Sistema de Inteligencia Nacional y las modificaciones a la Ley Nº 27479, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional.

Nº 12265/2004-CR

Mario Ochoa Vargas,

de la Ley Nº 27479, Ley del SINA referido a la designación del Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia.

Nº 12462/2004-CR,

Ejecutivo referida a la creación de la Agencia de Inteligencia Estratégica (AIE).

I . CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

Proyectos del Sistema de Inteligencia Nacional (SINA).-

Nº 01123/2001 -CR José Barba Caballero e

Hildebrando Tapia Samaniego

elección y el perfil del Jefe Consejo Nacional de Inteligencia (CNI).

Comentarios

La iniciativa propone modificar el artículo 18º de la Ley Nº 27479 SINA, a

fin de normar que el Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia debe

ser un civil calificado en inteligencia.

Mediante Oficio 354-2001-CDNOOII-CR del 12 de noviembre del 2001, se solicita opinión al Ministerio de Defensa.

Ministerio de Defensa

opinión desfavorable

PCM

normar expresamente que

deba ser un profesional civil contravendría la Constitución Política al

discriminar a todo profesional miembro de la Fuerza Armada

no se puede discriminar

civil o militar si la decisión del

Presidente de la República es designar a un miembro de las Fuerzas

Armadas o Policiales

este debe, para poder asumir el cargo pasar a la situación de

retiro

Presidente de la República.

Nº 06517/2002-CR,

que propone la creación de la Central Nacional de Inteligencia y la estructura del Sistema de Inteligencia Nacional (SINA).

La iniciativa propone una nueva Ley del Sistema de Inteligencia Nacional

y la creación de la Central Nacional de Inteligencia, que norme el marco

de las actividades, control y fiscalización del SINA y las actividades de

inteligencia y contrainteligencia.

Como aspectos novedosos propone definir los conceptos INTELIGENCIA,

CONTRAINTELIGENCIA y asimismo establece ciertos principios rectores

para la realización de este tipo de actividades.

Asimismo precisa controles de la actividad a nivel judicial, parlamentario

y de la Contraloría General de la República.

Incide en que la fiscalización y control del Congreso de la República sea

realizado a través de una Comisión Ordinaria de Inteligencia, de cinco

miembros designados por todo el Periodo Legislativo.

Propone la designación de su máxima autoridad por el Presidente de la

República.

Respecto de las contrataciones y adquisiciones las remite a la

normatividad de la materia siempre que se encuentre en el ámbito

estrictamente administrativo y respecto de los gastos reservados -que no

los define - propone un mecanismo con intervención de la Contraloría

General de la República; precisando en que casos no se aplican la Ley de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Existe en lo sustancial coincidencias con la iniciativa del Poder Ejecutivo,

habiendo recogido aportes formulados por los sectores que emitieron

opinión.

Opiniones solicitad as y recibidas

Consejo Nacional de Inteligencia

el proyecto aporta sustanciales mejoras

legislación vigente, pese a la omisión de formalidades que resultan subsanables, y en el aspecto material la propuesta contiene regulaciones

empero plantea revisar la estructura

orgánica que se propone

Ministerio de Relaciones Exteriores

señala aportes para reformular los textos de los

artículos definición, finalidad y principios del SINA

funciones de la Central Nacional de Inteligencia CNI, la de su Director General,

control judicial a las acciones intrusivas

adquisiciones que realicen y las atribuciones de la Comisión Ordinaria de Inteligencia del Congreso.

Nº 07106/20021-CR José Luis Risco

Montalván

Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, respecto de aquellos que se realizan con carácter de secreto militar o de orden interno, regulado en el artículo Nº 19 del Texto Único Ordenado de la Ley del Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

El contenido de la propuesta consiste en incluir la modificación del

procedimiento de exoneración de licitación pública, concurso público o

adjudicación directa las adquisiciones y contrataciones que se realicen

de parte de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional para fines exclusivos

de seguridad nacional.

Opiniones Recibidas

Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE).

Con Oficio N 110-2004 (PRE)del 18 de febrero del 2004 el Consejo Superior de

emite opinión el

los siguientes términos

líneas generales se encuentra a favor

salvedad de incluir el procedimiento de control previo a la opinión

favorable de las Comisiones de Fiscalización y de Defensa

importaría dilatar la adquisición o

contratación, en perjuicio de la oportunidad de satisfacer las necesidades

de coyuntura o inmediatas

en éste caso en particular, su labor tendrá que realizarse con posteridad ante la existencia de indicios o sospechas que justifiquen una investigación.

Nº 07841/2003 -CR Luis Iberico Núñez

propone sustituir diversos artículos de la Ley 27479 del Sistema de Inteligencia Nacional SINA.

El Proyecto propone modificar artículos de la Ley Nº 27479, Ley del SINA

a fin de asegurar un mayor control sobre las actividades de inteligencia, a

partir de una Comisión Ordinaria de Inteligencia del Congreso de la

República o la que haga de sus veces. En el mismo sentido se propone

que los órganos que desarrollan actividades de inteligencia. están

obligados a informar en forma periódica a la Comisión Ordinaria de

Inteligencia sobre sus objetivos anuales, evaluación de sus actividades y

situación y grado de cumplimiento de dichos objetivos.

El Proyecto especifica las actividades de inteligencia sujetas a control

por parte del Congreso, estableciéndolas de manera puntual, entre ellas

las facultades referidas a la fiscalización de las políticas generales sobre

la materia que emitan los órganos rectores, el Informe Anual sobre

actividades de Inteligencia y Contrainteligencia, al Congreso que se

deberá remitir con carácter secreto y las denuncias de personas

naturales o jurídicas sobre abusos y actos ilícitos cometidos por los

organismos de inteligencia en el cumplimiento de sus funciones.

que propone crear la Comisión Ordinaria de Inteligencia encargada de fiscalizar el funcionamiento y la ejecución de los recursos presupuestales del Consejo Nacional de Inteligencia, así como de realizar las investigaciones vinculadas a la Seguridad y Defensa Nacional de conformidad con las normas constitucionales, Reglamento del Congreso y disposiciones legales vigentes.

El Proyecto incide en asegurar el llamado “control externo” sobre las

actividades del Sistema de Inteligencia Nacional (SINA), al respecto

reseña la relación pre-existente entre inteligencia y democracia,

intensificando el rol del Congreso como ente fiscalizador y supervisor.

Un aspecto medular del Proyecto es el ampliar las funciones de la

Comisión de Inteligencia, tal como actualmente se establece en las

práctica constitucional de los países más avanzados del mundo en la

materia incluyendo el del aspecto presupuestario.

Nº 08280/2003 -CR Mercedes Cabanillas

propone modificar del artículo 16º del SINA, Ley Nº 27479 referente a la designación del Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia (CNI).

El proyecto propone considerar al Presidente del Consejo Nacional de

Inteligencia (CNI) como cargo de confianza, diseñando un procedimiento

por el cual el Presidente de la República en su condición del Consejo de

Defensa Nacional lo designa mediante Resolución Suprema. Este

procedimiento debe ser perfeccionado según la propuesta por el

Congreso, mediante ratificación del candidato a asumir la jefatura del

Consejo Nacional de Inteligencia (CNI) con el voto a favor de la mitad más

uno del número legal de Congresistas.

Con Oficio 209 -2003-04/CDNOOIIDALD-CR de fecha 13 de octubre del 2003

opinión al Consejo Nacional de

Inteligencia (CNI)

Nacional de Inteligencia “Se concluye que de

aprobarse el Proyecto del Ley N 8208/2003 -CR se estaría equiparando al

Consejo Nacional de Inteligencia con organismos autónomos

constitucionales, como el Banco Central de...

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