Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 14574/2005-CR, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorEconomía

COMISIÓN DE ENERGÍA Y MINAS

Período Anual de Sesiones 2005 - 2006

Señor Presidente:

Ha ingresado para pronunciamiento de la Comisión de Energía y Minas el proyecto de Ley del Poder Ejecutivo que amplia los alcances del Régimen de Recuperación Anticipada del IGV a las empresas de Generación Hidroeléctrica, que ha sido remitida por el señor Presidente de la República, mediante Oficio Nº 057-2006-PR de fecha 17 de abril del 2006.

La Comisión ha realizado el estudio de los fundamentos que sustentan el proyecto y los hace suyos, en virtud de lo cual se pronuncia en los términos que se detallan a continuación.

  1. FUNDAMENTOS DEL PROYECTO

    El Perú tiene el segundo potencial hidroeléctrico de Sudamérica después de Brasil y sólo se ha desarrollado una pequeña porción. La energía eléctrica generada mediante los recursos hídricos representa dos ventajas fundamentales: a) sus bajos costos variables inducen a una reducción sustancial en las tarifas de energía eléctrica y; b) es una energía renovable que no contamina el ambiente.

    Las menores tarifas de energía facilitan el acceso al servicio de electricidad a la población de menores recursos lo que a su vez es un instrumento de desarrollo.

    De la misma manera, un menor precio de la energía eléctrica permite incrementar la competitividad de la industria nacional, facilitando su acceso a otros mercados con lo cual se beneficia la balanza comercial y se crean puestos de trabajo.

    El parque generador del sistema peruano está compuesto por centrales térmicas e hidráulicas, en una proporción de aproximadamente 50% - 50% en lo que se refiere a potencia instalada (en energía, la proporción es 80% hidro – 20% térmico en promedio). La aparición del gas de Camisea y los bajos costos de inversión inicial en centrales térmicas, han determinado que la tendencia en el país sea hacia el crecimiento a través de centrales térmicas que utilicen el gas de Camisea con lo cual, en unos años, la proporción en potencia instalada cambiará a ser predominantemente térmica.

    Esta predominancia de la generación térmica entraña un riesgo fundamental para el sistema: la gran volatilidad de los precios de la energía eléctrica por la dependencia de las variaciones de los precios internacionales de los combustibles líquidos e incluso del propio gas natural, que se basa en similares reglas, de acuerdo a las actuales cláusulas del contrato del lote 88. Mercado Internacional que los últimos años se mantiene solamente con tendencia al alza. Una...

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