Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 3502 y 6750/2002-CR, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorEnergía y Minas
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Dictamen de los Proyectos de Ley
N°s. 3502 y 6750/2002-CR, que
proponen la modificación del Artículo
7° de la Ley N° 26505
DICTAMEN
Señor Presidente:
Han ingresado para dictamen de la Comisión de Amazonía, Asuntos Indígenas y
Afroperuanos, los Proyectos de Ley: N° 3502/2002-CR, presentado por el Congresista
Eduardo Carhuaricra Meza, que propone la “Ley que regula las modalidades para la
utilización superficial afectada por las concesiones mineras” y el N° 6750/2002-CR,
presentado por el Congresista Arturo Valderrama Chávez, que propone “modificar el
Artículo 7° de la Ley N° 26505, establecer régimen entre los propietarios superficiales e
inversionistas mineros en hidrocarburos y geotermales y derogar la Ley No. 26570”
1. RESUMEN DE LOS PROYECTOS
Los proyectos de Ley N°s. 3502/2002-CR y N° 6750/2002-CR, tienen el propósito de
evitar el deterioro de ecosistemas de frágil equilibrio, que vienen siendo provocados por los
efectos negativos de la creciente actividad minera que afecta principalmente al territorio de
las comunidades campesinas y nativas, que convierte sus páramos en tierras estériles.
2. NORMATIVIDAD LEGAL APLICABLE
a) Constitución Política del Perú, Artículos: 66°, 68°, 69°,70°, 89° y 139°
b) Ley 26505, “Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades
económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y
nativas”
c) Ley Nº 26570, Ley que sustituye artículo de la Ley Nº 26505, referido a la utilización de
tierras para el ejercicio de actividades mineras o de hidrocarburos.
d) D.S.N° 017-96-AG, que Reglamenta el Artículo 7° de la Ley Nº 26505.
e) D.S. Nº 014-92-EM, Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería.
f) D.S.Nº 018-92-EM, Reglamenta los procedimientos entre la propiedad superficial y las
inversiones mineras de hidrocarburos y geotermales.
g) D.S.N° 014-96-AG, que modifica el Reglamento del Artículo 7° de la Ley Nº 26505.
3. ANÁLISIS DE LAS PROPUESTAS LEGISLATIVAS
3.1 Los proyectos persiguen la modificación del Artículo 7° de la Ley N° 26505, (modificado
por la Ley 26570), con normas y procedimientos que garanticen que la actividad minera y de
hidrocarburos se realicen respetando las garantías constitucionales relativas a la
propiedad e igualdad ante la Ley, a la libertad de contratación y considerando la
protección y la conservación del medio ambiente, planteamiento que recoge las
propuestas por la Coordinadora Nacional de Comunidades del Perú Afectadas por la
Minería, (CONACAMI-PERU), que incluye el establecimiento del seguro ecológico y la
derogatoria de la Ley Nº 26570.
Al respecto se precisa:
a) Que la Constitución Política en su Artículo 66º señala que los recursos naturales,
renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación, que el Estado es
soberano en su aprovechamiento y la concesión a particulares le otorga a su titular

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