Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 3604 y 6942/2002-CR, de 7 de Noviembre de 2012
Emisor | Juventud y Deporte |
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL,
ORDEN INTERNO, INTELIGENCIA, DESARROLLO ALERNATIVO y
LUCHA CONTRA LAS DROGAS
Seguridad y Tranquilidad Pública en Espectáculos Deportivos .
Señor Presidente:
Ha ingresado para dictamen de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la
Proyectos de Ley N° 3604 y 6942/2002-CR
Congresistas Moyano Delgado y Valencia - Dongo Cárdenas, Maldonado Reategui y Morales Castillo, de acuerdo a las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado y el Reglamento del Congreso de la República. La Comisión, luego del análisis pertinente, efectúa las siguientes precisiones:
I.
CONTENIDO DE LOS PROYECTOS
-
El
Proyecto de Ley 3604/2002-CR
a la Ley Nº 26830, Ley de Seguridad y Tranquilidad Pública en Espectáculos, el cual regulará el tema de las barras y constará de 5 artículos. y, b) El
Proyecto de Ley 6942/2002-CR,
3°, 4° 5°, 6°, 7°,9 y Primera Disposición Transitoria de la Ley N° 26830, Ley de Seguridad y Tranquilidad Pública en Espectáculos Deportivos, referente a los organizadores de espectáculos deportivos.
-
MARCO
JURIDICO
Constitución Política del Perú
Reglamento del Congreso de la República
Decreto Legislativo Nº 370 y normas modificatorias
.
Decreto Supremo Nº 004 - 91- IN
funciones de las Autoridades Políticas.
Ley Nº 26830
Deportivos.
la comunidad y de limitación de días libres.
Ley Nº 27934,
Ministerio Público en la investigación preliminar del delito.
Ley Nº 27935
ejecución de las penas de prestación de servicios a la comunidad y de limitación de días libres.
Ley Nº 27939
modifica los artículos 440º, 441º y 444º del Código Penal.
-
ANALISIS
Las iniciativas legislativas, materia del presente dictamen, proponen la modificatoria de la Ley 26830, Ley de Seguridad Publica en Espectáculos Deportivos, por cuanto los ponentes de las mismas, consideran que el referido dispositivo normativo no ha cumplido con reducir el nivel de pandillaje y actos vandálicos que se producen concomitantemente con la realización de espectáculos deportivos, especialmente futbolísticos, razón por la cual se deben elevar las sanciones a ser aplicadas y establecer mayores restricciones antes, durante y después de realizarse el espectáculo, en cuanto al ingreso de personas en estado de ebriedad o bajo los efectos de sustancias alucinógenas o que se encuentren requisitoriadas...
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