Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 11703/2004-PE, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorPresupuesto y Cuenta General de la Republica

Dictamen Proyecto Nº 11703/2004-PE

PROYECTO DE LEY Nº 11703/2004-

PE,

LA LÍNEA DE CRÉDITO OTORGADO POR EL BANCO DE LA NACIÓN AL INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL - INDECI.

DICTAMEN

SEÑOR PRESIDENTE:

Ha ingresado para dictamen de su Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, el Proyecto de Ley N° 11703/2004-PE, presentado por el Poder Ejecutivo con carácter de urgente, que amplia el monto de la línea de Crédito otorgado por el Banco de la Nación al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI.

I.

FINALIDAD

El Proyecto de Ley tiene como finalidad ampliar hasta CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS COLES (S/. 50 000 000,00) el monto de la línea de crédito otorgado por el Banco de la Nación al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. Los recursos provenientes de dicha Línea de Crédito se destinará para realizar acciones que permitan contrarrestar los efectos dañinos de un posible peligro de origen natural, ejecutar obras de rehabilitación de la infraestructura pública para mantener y recuperar los niveles que los servicios básicos tenían antes de la ocurrencia de un desastre, recuperando de esta manera la capacidad productiva de las zonas afectadas por siniestros.

II

MARCO CONSTITUCIONAL

Constitución Política del Perú, en el artículo 105º precisa que ningún proyecto de Ley puede sancionarse sin haber sido previamente aprobado por la respectiva Comisión dictaminadora, salvo excepción señalada en el Reglamento del Congreso. Tienen preferencia del Congreso los proyectos enviados por el Poder Ejecutivo con carácter de urgencia.

Constitución Política del Perú, en su artículo 107º señala que el Presidente de la República y los Congresistas tiene derecho de iniciativa en la formación de leyes.

Constitución Política del Perú, en el artículo 118º establece que corresponde al Presidente de la República administrar la hacienda pública.

Dictamen Proyecto Nº 11703/2004-PE

III.

ANTECEDENTES

• Segunda Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 442 que modifica el Decreto Ley Nº 19338 - Ley del Sistema de Defensa Civil-. • Decreto de Urgencia Nº 092-96 – Que autoriza al Banco de la Nación ampliar la Línea de Crédito a favor de INDECI, hasta por el equivalente a 3 000 Unidades Impositivas Tributarias.

• El Decreto Supremo Nº 064-2002-PCM, reglamenta los alcances del Decreto de Urgencia Nº 049-2000.

• Octava Disposición Final de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2004. • R.M. 225-2004-EF/15 que aprueba la Directiva que establece criterios y procedimientos para determinar la necesidad de la incorporación de recursos a que se refiere la Octava Disposición Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004. • Decretos Supremos Nros 060 y 096 -2004-EF que autoriza créditos suplementarios a favor del Pliego INDECI con cargo a la línea de crédito con el Banco de la Nación. • Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM que crean la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres.

IV.

ANÁLISIS

De conformidad con el Decreto Ley Nº 19338 modificado por los Decretos Legislativos Nos. 442, 735 y 905, el Instituto Nacional de Defensa Civil, es el organismo central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI, encargado de la organización de la población, coordinación, planeamiento y control de las actividades de Defensa Civil.

La conducción del SINADECI implica el cumplimiento de una labor rectora, normativa, regulatoria, supervisora y evaluadora, la cual ha sido asignada por ley al INDECI, correspondiéndole en consecuencia conducir las acciones que competen a los Órganos del SINADECI para atender las acciones de prevención, atención de emergencias y rehabilitación de la población afectada por desastres naturales o causados por el hombre.

Para el cumplimiento de sus funciones el INDECI requiere contar con los recursos presupuestales necesarios, que le permitan atender de modo integral, con oportunidad y eficiencia los múltiples y variados aspectos que demanda la atención de las emergencias que se producen en el territorio nacional, en sus distintas etapas de prevención, atención y rehabilitación; siendo necesario para ello contar con el soporte logístico, técnico y profesional que permitan ejecutar el Plan Nacional de Defensa Civil, a través de un proceso continuo, para lo cual se requiere implementar un sistema permanente de prevención en las distintas áreas de operaciones del INDECI.

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