Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 10848/2003-CR, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorDefensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas

propone otorgar un nuevo plazo al Poder Ejecutivo para reglamentar la Ley 27821.

COMISION DE DEFENSA NACIONAL,

ORDEN INTERNO, INTELIGENCIA, DESARROLLO

ALTERNATIVO Y LUCHA CONTRA LAS DROGAS

PERIODO ANUAL DE SESIONES 2005-2006

Señor Presidente

Ha ingresado para dictamen de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la

Proyecto de Ley N° 10848/2003-CR

Paulina Arpasi Velásquez

reglamentarias.

I.

CONTENIDO DEL PROYECTO

El Proyecto de Ley materia del presente dictamen, propone otorgar un nuevo plazo de 180 días al Poder Ejecutivo para reglamentar la Ley Nº 27821 “Ley de Promoción de Complementos Nutricionales para el Desarrollo Alternativo" .

II.

MARCO JURÍDICO

Constitución Política del Estado. • Reglamento del Congreso de la República. • Ley Nº 27821, Ley de Promoción de Complementos Nutricionales para el Desarrollo Alternativo. • Ley Nº 28237 Código Procesal Constitucional.

propone otorgar un nuevo plazo al Poder Ejecutivo para reglamentar la Ley 27821.

III.

OPINIONES

3.1. Solicitadas

• Presidencia del Consejo de Ministros, Oficio Nº 1023-2003- 04/CDNOIIDALD-CR (30-06-04).

• Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, Oficio Nº 1024- 2003-04/CDNOIIDALD-CR (30-06-04).

• Ministerio de Agricultura, Oficio Nº 1025-2003-04/CDNOIIDALD-CR (30-06- 04).

• Ministerio de Salud, Oficio Nº 1026-2003-04/CDNOIIDALD-CR (30-06-04).

• Comisión para la Promoción de Exportaciones, Oficio Nº 1027-2003-

04/CDNOIIDALD-CR (30-06-04).

3.2. Recibidas

3.2.1.

Oficio 405-2004-DV-PE de fecha 07 de julio de 2004, remitido por el Presidente Ejecutivo, por el que emite opinión señalando: - Que, el vencimiento de los plazos para reglamentar una Ley sin que haya emitido el correspondiente reglamento, es bastante frecuente en la administración pública.

- Que, hasta donde se tiene conocimiento en ningún caso esta situación ha generado modificatorias en el dispositivo legal a fin de ampliar el plazo inicialmente establecido, motivo por el cual recomiendan que la Presidencia del Congreso o de la Comisión requieran al Poder Ejecutivo proceder a emitir el mencionado reglamento.

propone otorgar un nuevo plazo al Poder Ejecutivo para reglamentar la Ley 27821.

3.2.2.

Oficio 373-2004-AG-DM de fecha 01 de setiembre de 2004, remitido por el Ministro de Agricultura, adjuntando el Informe Legal Nº 779-2004-AG-OGAJ, por el que comenta: - Que el plazo de sesenta días otorgado para la reglamentación de la Ley Nº 27821, venció el 11 de noviembre de 2003. - Que, resulta pertinente se apruebe el nuevo plazo propuesto de ciento ochenta días, debiendo precisarse si éstos son hábiles o calendarios.

3.2.3.

Oficio 1782-2004-AG-DM de fecha 04 de agosto de 2004, remitido por la Ministra de Salud, adjuntando el oficio de la Oficina General de Asesoría...

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