Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 13879/2005-PE, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorRelaciones Exteriores

Dictamen recaído en el Proyecto de Resolución Legislativa Nº 13879/2005-PE, que propone aprobar el “Acuerdo para el establecimiento de la sede de la Oficina de Representación de la Corporación Financiera Internacional del grupo del Banco Mundial y el Gobierno del Perú.”

DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE BANCA, FINANZAS

E INTELIGENCIA FINANCIERA

Señor Presidente:

Ha venido para dictamen de la Comisión de Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera el Proyecto de Resolución Legislativa Nº 13879/2005-PE presentado por el Poder

“ACUERDO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE

LA SEDE DE LA OFICINA DE REPRESENTACION DE LA CORPORACIÓN

FINANCIERA INTERNACIONAL DEL GRUPO DEL BANCO MUNDIAL Y EL

GOBIERNO DEL PERU”,

República del Perú.

  1. OBJETIVO DEL ACUERDO

    Oficina de Representación de la Corporación Financiera Internacional del grupo

    del Banco Mundial y el gobierno del Perú”

    Financiera Internacional”, Organismo Internacional creado de acuerdo al Convenio Constitutivo entre sus países miembros, del cuál es integrante nuestro país, desarrolle actividades en el territorio del Perú expandiendo su presencia en la región andina.

  2. ANTECEDENTES

    Mediante oficio: OF. RE (TRA) Nº 3-0/112 del 13 de octubre de 2005, el señor Ministro de Relaciones Exteriores somete a consideración del Congreso de la Republica la aprobación del citado Acuerdo.

    El Ministerio de Re4laciones Exteriores, adjunta al pedido:

    oficina de representación de la Corporación Financiera Internacional del

    grupo del Banco Mundial y el gobierno del Perú,

    de 2005, en la ciudad de Lima, República del Perú. Dictamen recaído en el Proyecto de Resolución Legislativa Nº 13879/2005-PE, que propone aprobar el “Acuerdo para el establecimiento de la sede de la Oficina de Representación de la Corporación Financiera Internacional del grupo del Banco Mundial y el Gobierno del Perú.”

    1. Memorándum (SAE-ONE) Nº 489, de fecha 10 de agosto de 2005, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3. Memorándum (PRI) Nº 287/2005, de fecha 27 de mayo de 2005, de la Dirección de Privilegios e Inmunidades del Ministerio de Relaciones Exteriores. 4. Memorándum (LEG) Nº 1105, de fecha 6 de junio de 2005, de la Oficina de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores. 5. Memorándum (AJU) Nª 257, de fecha 2 de septiembre de 2005, de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores. 6. Informe (TRA) Nº 033-2005, de la Dirección de Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores. 7. Resolución Suprema que dispone la remisión al Congreso de la Republica del

    “Acuerdo para el establecimiento de la sede de la oficina de

    representación de la Corporación Financiera Internacional del grupo del

    Banco Mundial y el gobierno del Perú,

    la ciudad de Lima, República del Perú.

    El proyecto de resolución legislativa ingresa al Congreso de la Republica el 13 de octubre de 2005 y es derivado a las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, por decreto de envío del 17 de octubre de 2005 y 28 de noviembre de 2005, respectivamente.

  3. REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD

    El procedimiento de la Convención puesta a consideración del Congreso de la Republica se enmarca en lo dispuesto por el inciso 2 del artículo 56º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el primer párrafo del 2ª de la Ley Nº 26647 respecto de la “soberanía, dominio o integridad del Estado”, toda vez que le citado acuerdo establece un régimen de inmunidades y privilegios a la Corporación Financiera Internacional, a sus representantes y funcionarios acreditados en el Perú.

  4. CONTENIDO DEL ACUERDO

    El Acuerdo consta de 27 artículos:

    Artículo Primero.-

    personalidad jurídica necesaria para que puedan realizar sus actividades en el Dictamen recaído en el Proyecto de Resolución Legislativa Nº 13879/2005-PE, que propone aprobar el “Acuerdo para el establecimiento de la sede de la Oficina de Representación de la Corporación Financiera Internacional del grupo del Banco Mundial y el Gobierno del Perú.”

    territorio de la República del Perú; en consecuencia, La Representación estará capacitada para:

    1. Celebrar contratos; b) Adquirir y disponer de propiedades muebles e inmuebles; y c) Realizar todas las f unciones que sean necesarias para el mejor cumplimiento de sus fines y objetivos, dentro de los criterios establecidos en el Convenio Constitutivo de la Corporación Financiera Internacional y supletoriamente por lo dispuesto en el Artículo 1044 de la Carta de las Naciones Unidas y en la Convención sobre Privilegios e lnmunidades de las Naciones Unidas aprobada por la Asamblea General el 13 de Febrero de 1946, ratificada por EL GOBIERNO, mediante Decreto Ley N" 14542 del 4 de julio de 1963.

      Artículo Segundo.-

      y supletoriamente por el Artículo 1054 de la Carta de las Naciones Unidas, LA CORPORACION, gozará en los territorios de cada uno de sus países miembros de los privilegios e inmunidades necesarios para la realización de sus fines.

      Artículo Tercero.-

      CORPORACIÓN, sus representantes y funcionarios gozarán de los privilegios e inmunidades necesarios para ejercer con independencia sus funciones en el territorio de a República del Perú; y reconoce EL GOBIERNO que La Representación y sus funcionarios gozarán en el territorio de la República del Perú de las facilidades, privilegios e inmunidades establecidas en el Artículo Vl del Convenio Constitutivo y supletoriamente por lo dispuesto en la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas.

      Artículo Cuarto.-

      CORPORACIÓN y suscriptor del Convenio Constitutivo, reitera y ratifica el reconocimiento del estatus, privilegios e inmunidades de las que gozará la CORPORACIÓN, la Representación y sus funcionarios en el territorio de la Repùblica del Perú.

      Artículo Quinto.-

      Convenio Constitutivo y en la Sección 2del Artículo ll de la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas, queda entendido que LA Dictamen recaído en el Proyecto de Resolución Legislativa Nº 13879/2005-PE, que propone aprobar el “Acuerdo para el establecimiento de la sede de la Oficina de Representación de la Corporación Financiera Internacional del grupo del Banco Mundial y el Gobierno del Perú.”

      CORPORAClÓN, sus bienes, fondos y haberes en el territorio de la República del Perú, cualquiera que sea el lugar donde se encuentre y quien quiera que los tenga en su poder, disfrutará de inmunidad de toda jurisdicción, salvo en la medida en que en algún caso en particular se renuncie expresamente a esta inmunidad. Se entiende, sin embargo, que ninguna renuncia de inmunidad se extenderá a medida de ejecución de la misma, la cual requerirá de nueva y expresa renuncia.

      Artículo Sexto.-

      Convenio Constitutivo, las propiedades, bienes...

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