Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 13879/2005-PE, de 7 de Noviembre de 2012

EmisorRelaciones Exteriores

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

LEGISLATIVA Nº 13879/2005-PE QUE

PROPONE APROBAR EL “ACUERDO PARA

EL ESTABLECIMIENTO DE LA SEDE DE LA

OFICINA DE REPRESENTACIÓN DE LA

COOPERACIÓN FINANCIERA

INTERNACIONAL DEL GRUPO DEL BANCO

DICTAMEN

SEÑOR PRESIDENTE:

Ha ingresado para dictamen de la Comisión de Relaciones Exteriores el proyecto de

13879/2005-PE QUE PROPONE APROBAR EL “ACUERDO

PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA SEDE DE LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN

DE LA COOPERACIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL DEL GRUPO DEL BANCO

de 2005.

  1. OBJETIVO DE LA PROPUESTA

    “ACUERDO PARA EL

    ESTABLECIMIENTO DE LA SEDE DE LA OFICINA DE REPRESENTACIÓN DE LA

    COOPERACIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL DEL GRUPO DEL BANCO MUNDIAL

    Y EL GOBIERNO DEL PERÚ”

    que tiene como principal objetivo que la Corporación Financiera Internacional establezca una oficina de representación en el Perú para que amplíe sus actividades expandiendo su presencia en la Región Andina peruana.

  2. ANTECEDENTES

    1. - PROCEDIMENTALES:

      Mediante OF. RE (TRA) Nº 3-0/112 c/a del 12 de octubre de 2005, el Ministro de Relaciones Exteriores pone a consideración del Congreso de la Republica, para su aprobación, el Acuerdo citado. El proyecto de resolución legislativa ingresa al Congreso de la República el 13 de octubre del 2005 y por decreto de envío del 17 del mismo mes es derivado a la Comisión de Relaciones Exteriores y a la de Economía.

      A este pedido se adjunta:

    2. Copias del Acuerdo materia del pedido. 2. Memorándum (SAE-ONE) Nº 489, de fecha 10 de agosto de 2005, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3. Memorándum (PRI) Nº 287/2005 de fecha 27 de mayo del 2005, de la Dirección de Privilegios e Inmunidades del Ministerio de Relaciones Exteriores.

    3. Memorándum (LEG) Nº 1105, de fecha 6 de junio de 2005, de la Oficina de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores. 5. Memorándum (AJU) Nº 257 de fecha 2 de setiembre de 2005, de la Asesoría jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores. 6. Informe (TRA) Nº 033-2005, de la Dirección de Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores. 7. Resolución Suprema Nº 230-2005-RE del 4 de octubre de 2005 ordenando la remisión del Tratado al Congreso de la República.

      El pedido del Poder Ejecutivo se enmarca dentro de los artículos 55º y 56º de la Constitución Política; inciso 1) - parte general y literal j) - del artículo 76º del Reglamento del Congreso de la Republica y Ley Nº 26647 que establece normas que regulan actos relativos al perfeccionamiento nacional de tratados.

      Los artículos 55º y 56º de la Constitución Política señalan que los tratados celebrados forman parte de la legislación nacional, por lo que, como en el presente caso, debe ser aprobados por el Congreso de la Republica pues se trata de actos de soberanía al establecer privilegios e inmunidades a favor de la Corporación Financiera Internacional.

      El literal j) del inciso 1º del artículo 76º del Reglamento ordena que al pedido se acompaña el texto del documento internacional, sus antecedentes, informe sustentatorio, opinión favorable del o los sectores competentes y la resolución suprema que aprueba su envío.

      Al proyecto se ha adjuntado la opinión de los ministerios de Relaciones Exteriores y de...

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