Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 10319/2003CR, 10384/2003-CR, de 7 de Noviembre de 2012
Emisor | Juventud y Deporte |
Dictamen recaído en la observación del Poder Ejecutivo a la Autógrafa de Ley que modifica la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, incorporando nuevos principios a su Titulo preliminar y modificando sus artículos 6º, 10º y 11º
COMISIÓN DE JUVENTUD Y DEPORTE
PERIODO ANUAL DE SESIONES 2005 – 2006
Señor Presidente:
Ha ingresado, el 12 de enero de 2006, para dictamen, la Autógrafa Observada por el Poder Ejecutivo que modifica la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, incorporando nuevos principios a su Título preliminar y modificando sus artículos 6º, 10º y 11º, remitida por el Presidente de la República con Oficio Nº 003- 2006-PR, de fecha 9 de enero de 2006.
Después del análisis y debate correspondiente, la Comisión ha acordado en sesión ordinaria la aprobación del allanamiento, según el texto que consta en la parte final del presente dictamen.
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SITUACIÓN PROCESAL DE LA AUTÓGRAFA OBSERVADA
La Autógrafa observada por el Presidente de la Repúblic a ha sido remitida a la Comisión de Juventud y Deporte, por tal razón debe asignarse el procedimiento establecido por el tercer párrafo del Artículo 79º del Reglamento del Congreso de la República.
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ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
Proyecto de Ley Nº 10319/2003-CR,
Vargas Benavides que propone incorporar los artículos VII, VIII, IX, y X al Título Preliminar y modifica los artículos 6º y 11º incorporando los incisos q, r, s de la Ley Nº. 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, referente a los nuevos principios, generación de pasantías laborales, becas de estudio y difusión de políticas de juventud.
Proyecto de Ley N° 10384/2003-CR,
Rengifo Ruiz que propone modificar el artículo 10º de la Ley Nº. 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, referente a sus competencias.
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MARCO NORMATIVO
- Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud. - Reglamento de la Ley Nº 27802, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002- PCM. Dictamen recaído en la observación del Poder Ejecutivo a la Autógrafa de Ley que modifica la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, incorporando nuevos principios a su Titulo preliminar y modificando sus artículos 6º, 10º y 11º
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RESUMEN DE LA OBSERVACION EFECTUADA A LA AUTÓGRAFA DE LEY
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Del Artículo 4º de la Autógrafa de Ley se observa que modifica el inciso i) del artículo 11º respecto a las funciones de la Comisión Nacional de la Juventud, señalando lo siguiente “Suscribir convenios con instituciones públicas y privadas, así como convenios de gestión y contratos con organismos confortantes del Consejo Nacional de Juventud y demás entidades públicas y privadas, para el cumplimiento de las políticas de estado en materia de
previo informe
favorable que presente el CPJ”.
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El Poder Ejecutivo considera que la citada disposición estaría afectando la naturaleza de la Comisión Nacional de la Juventud de...
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