Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 11220, 11319, 11476, 11477, 11479, 11540, 11561, 11607/2004-CR, 11663, 11680, 11681 y 11734, 11923, 11924, 11925/2004-CR, 7330/2002-CR, 5122/2002-CR, 5613/2002-CR y 5690/2002-CR (Comisión de Seguridad Social), de 7 de Noviembre de 2012
Emisor | Seguridad Social |
Dictamen de la Comisión de Seguridad Social, recaído en los Proyectos de Ley Nº 11220, 11319, 11476, 11477, 11479, 11540, 11561, 11607/2004-CR, 11663, 11680, 11681 y 11734, 11923, 11924, 11925/2004-CR, 7330/2002-CR, 5122/2002-CR, 5613/2002-CR y 5690/2002-CR que proponen la “Ley de Desarrollo de la Reforma Constitucional del Régimen de Pensiones del Decreto Ley Nº 20530”.
Señor Presidente :
La Comisión de Seguridad Social tiene para dictaminar los Proyectos de Ley siguientes:
Proyecto de Ley No 11220/2004.PE
Poder Ejecutivo
Constitución Política del Perú, que propone la Ley de Desarrollo de la Reforma
Pasó
para estudio de las Comisiones de Constitución y Reglamento y de Seguridad
Proyecto de Ley No 11319/2004-CR,
congresista Santos Jaimes Sérkovic
de Topes Máximos y Mínimos para la Reforma del Sistema Pensionario del
Social y de Constitución y Reglamento
Proyecto de Ley No 11476/2004-CR,
propone el cierre del ingreso al Régimen del Decreto Ley No 20530 a los magistrados del Poder Judicial y a los fiscales del Ministerio Público; y derogar los artículos 188º , 189º y 194º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
Pasó para estudio de las Comisiones de Seguridad Social y
de Constitución y Reglamento.
Proyecto de Ley No 11477/2004-CR,
congresista Rafael Valencia – Dongo Cárdenas
propone la modificación del artículo No 186º del Texto Único Ordenado del Poder Judicial, a efectos de eliminar el beneficio de la pensión de viudez y orfandad, de que gozan la cónyuge y los hijos de los magistrados, respectivamente, a la muerte de éste; equivalente al haber que le
Pasó para estudio de las Comisiones
de Seguridad Social y de Constitución y Reglamento
Proyecto de Ley No 11479/2004-CR,
propone el aumento de pensiones del Régimen del Decreto Ley No 19990, de aquellos que hayan cumplido 65 años o más de edad y que, sean menores de Dictamen de la Comisión de Seguridad Social, recaído en los Proyectos de Ley Nº 11220, 11319, 11476, 11477, 11479, 11540, 11561, 11607/2004-CR, 11663, 11680, 11681 y 11734, 11923, 11924, 11925/2004-CR, 7330/2002-CR, 5122/2002-CR, 5613/2002-CR y 5690/2002-CR que proponen la “Ley de Desarrollo de la Reforma Constitucional del Régimen de Pensiones del Decreto Ley Nº 20530”.
Dictamen Nº 06/2004-2005 S/ 415 nuevos soles mensuales, hasta dicho monto, a partir del año 2005, financiado con la aplicación del tope de una UIT a las pensiones del Régimen
Social y de Economía e Inteligencia Financiera.
Proyecto de Ley No 11540/2004-CR,
propone regular el pago de los devengados a los cesantes del Decreto Ley No
Pasó para estudio de
las Comisiones de Seguridad Social y de Economía e Inteligencia Financiera.
Proyecto de Ley No 11561/ 2004-CR,
propone un aumento de pensiones del Régimen del Decreto Ley No 20530 menores a 700 soles, complementario al Proyecto de Ley No 11220/2004.PE.
Pasó para estudio de las Comisiones de Constitución y Reglamento y de
Seguridad Social.
Proyecto de Ley No 11607/2004-CR,
propone establecer la equivalencia entre la pensión de jubilación y la viudez u orfandad, propone, entre otros, la modificación del artículo 25º del D.L. No
Paso para estudio de las Comisiones de Seguridad Social y de
Economía e Inteligencia Financiera.
Proyecto de Ley No 11663/2004-CR,
adecuación de pensiones al tope máximo establecido en el Proyecto de reforma constitucional referido al Sistema Pensionario del Decreto Ley No 20530, con el propósito de establecer criterios adecuados de reducción del
Proyecto de Ley No 11680/2004-CR
Xavier Barrón Cebreros
el artículo 1º de la Ley No 28047 para la reforma del Sistema Pensionario del
Proyecto de Ley No 11681/2004-CR
Ley No 28046, para la reforma del Sistema Pensionario del Decreto Ley No
Pasó para estudio de las Comisiones de Economía e Inteligencia
Financiera y de Seguridad Social.
Dictamen de la Comisión de Seguridad Social, recaído en los Proyectos de Ley Nº 11220, 11319, 11476, 11477, 11479, 11540, 11561, 11607/2004-CR, 11663, 11680, 11681 y 11734, 11923, 11924, 11925/2004-CR, 7330/2002-CR, 5122/2002-CR, 5613/2002-CR y 5690/2002-CR que proponen la “Ley de Desarrollo de la Reforma Constitucional del Régimen de Pensiones del Decreto Ley Nº 20530”.
Dictamen Nº 06/2004-2005 •
Proyecto de Ley No 11734/2004-CR
congresista Rafael Aita Campodónico
propone la Ley de Desarrollo de la Reforma Constitucional del Régimen de
Constitución y Reglamento y de Seguridad Social.
Proyecto de Ley No 11923/2004-CR,
presentado por los señores congresistas Natale Amprimo Pla; Jorge del Castillo Gálvez y otros señores congresistas del Partido Aprista Peruano; congresista Rafael Aita Campodónico y otros señores congres istas de Unidad Nacional y congresista Jesús Alvarado Hidalgo y otros señores congresistas de Perú Posible, que proponen un Texto consensuado de la Ley de Desarrollo de la Reforma Constitucional del Régimen de Pensiones del Decreto Ley No
Pasó a las Comisiones de Constitución y Reglamento y de Seguridad
Proyecto de Ley No 11924/2004-CR,
propone monto máximo de pensiones en la Reforma del Sistema Pensionario del Decreto Ley No 20530, presentado por el congresista Xavier Barrón
Pasó para estudio de las Comisiones de Constitución y Reglamento y
de Seguridad Social
Proyecto de Ley No 11925/2004-CR,
propone la Ley de aplicación de la reforma del Sistema Pensionario del Decreto ley No 20530 para los trabajadores que no han alcanzado los
Constitución y Reglamento de Seguridad Social
Proyecto de Ley No 7330/2002-CR,
derogar los artículos Nos. 188º y 189º y la Décima Disposición Final y Transitoria
estudio de las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de Seguridad
Proyecto de Ley No 5122/2002-CR,
propone precisar los alcances de la Décimo Cuarta Disposición Transitoria de la Ley No 25512, modificatoria de la Ley No 24029 – Ley del Profesorado,
estudio de las Comisiones de Seguridad Social y de Educación, Ciencia y
Tecnología.
Proyecto de Ley No 5613/2002-CR,
propone incorporar al Régimen Pensionario de la Ley No 20530, al profesorado Dictamen de la Comisión de Seguridad Social, recaído en los Proyectos de Ley Nº 11220, 11319, 11476, 11477, 11479, 11540, 11561, 11607/2004-CR, 11663, 11680, 11681 y 11734, 11923, 11924, 11925/2004-CR, 7330/2002-CR, 5122/2002-CR, 5613/2002-CR y 5690/2002-CR que proponen la “Ley de Desarrollo de la Reforma Constitucional del Régimen de Pensiones del Decreto Ley Nº 20530”.
Dictamen Nº 06/2004-2005 que haya laborado en condición de contratado o nombrado; presentado por
Pasó para estudio de las comisiones de
Seguridad Social, de Economía e Inteligencia Financiera y de Educación,
Ciencia y Tecnología.
Proyecto de Ley No 5690/2002-CR,
propone ratificar al Régimen Pensionario de la Ley No 20530 al profesorado que haya laborado en condición de contratado o nombrado, presentado por
Seguridad Social y de Educación Ciencia y Tecnología
Cabe precisar Los Proyectos de Ley Nos. 5122, 5613 y 5690/2002-CR, se encontraba en la Orden del Día del Pleno, pero mediante Oficio No 286- 2004/CSS-CR, de fecha 9 de noviembre de 2004, se solicitó a la Presidencia del Congreso, disponga su retorno a la Comisión de Seguridad Social, para que su acumulación en el presente dictamen.
REFORMA CONSTITUCIONAL DE LOS ARTÍCULOS 11º, 103º Y LA PRIMERA
DISPOSICIÓN FINAL Y TRANSITORIA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA.
Estas iniciativas legislativas se fundamentan en el tema de la Reforma Constitucional de los Artículos 11º, 103º y la Primera Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política, cuyo debate y a primera votación se realizó en la Segunda Legislatura Ordinaria de 2003, en la 14. A Sesión Vespertina de fecha miércoles 26 de mayo de 2004, conforme lo dispone el Artículo 206º de la Carta Magna.
En el referido debate del Pleno del Congreso, el Preside nte de la Comisión de Constitución y Reglamento manifestó que “el Congreso haría muy bien al momento de ratificar esta Reforma, exigir evidentemente, clara la Ley de pensiones que en el futuro deba regir” .... “trabajar en forma coherente un Proyecto de Ley que regule de manera orgánica el tema pensionario que ha generado una serie de inequidades que todos conocemos”..... “la segunda votación debe venir de la mano, de un régimen pensionario general”.
También el Congresista Javier Diez Canseco Cisneros planteó como cuestión previa a la primera votación, que se tenga en el Congreso la Ley que desarrolle el tema, pero la misma no prosperó y se realizó la primera votación, con el siguiente resultado 96 votos a favor, 5 en contra y 11 abstenciones.
El Pleno del Congreso, en sus Sesión Vespertina de fecha 11 de Noviembre de 2004, aprobó en segunda votación esta Reforma Constitucional, por 88 votos a favor, 13 en contra y 4 abstenciones; reforma que permitirá la recomposición del Dictamen de la Comisión de Seguridad Social, recaído en los Proyectos de Ley Nº 11220, 11319, 11476, 11477, 11479, 11540, 11561, 11607/2004-CR, 11663, 11680, 11681 y 11734, 11923, 11924, 11925/2004-CR, 7330/2002-CR, 5122/2002-CR, 5613/2002-CR y 5690/2002-CR que proponen la “Ley de Desarrollo de la Reforma Constitucional del Régimen de Pensiones del Decreto Ley Nº 20530”.
Dictamen Nº 06/2004-2005 Estado, del sistema administrativo con relación a los servidores públicos, hacer transparentes sus remuneraciones, el pago correcto de beneficios sociales, terminando con la situación de informalidad que ha operado durante tanto tiempo.
En consecuencia, la Comisión dictaminadora ha elaborado el presente dictamen, atendiendo al pedido formulado en el Pleno del Congreso de República, durante el debate de la primera y segunda votación de la acotada Reforma Constitucional, sobre la conveniencia de que se apruebe una Ley que desarrolle la Reforma Constitucional del Régimen del Decreto Ley No 20530.
CONTENIDOS DE LAS INICIATIVAS
El Proyecto de Ley No 11220/2004.PE
en la reforma de los artículos 11º y 103º y la Primera Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú, proponiendo las modificaciones al Decreto Ley No 20530 - Régimen de...
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