Resolución nº 000321-2007/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 21 de Febrero de 2007

Fecha de Resolución21 de Febrero de 2007
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente2215-2006/CPC
Resolución 2º Instancia569-2007/TDC
Actividad EconómicaElectrodomesticos y Artefactos
COMISION DE PROTECCION AL CONSUMIDOR
RESOLUCION FINAL Nº 0321-2006CPC
EXPEDIENTE Nº 1378-2005/CPC
1/18
DENUNCIANTE : ROSA ESTHER SANCHEZ TORRES (LA SEÑORA
SANCHEZ)
DENUNCIADOS : BANCO WIESE SUDAMERIS (EL BANCO)
SUR EXPORT E.I.R.L. (SUR EXPORT)
GASBRA S.A.C. (GASBRA)
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
CONSUMO EN ESTABLECIMIENTOS CON TARJETA
DE CREDITO
MEDIDAS CORRECTIVAS
COSTAS Y COSTOS
IMPROCEDENCIA DE LA SOLICITUD
ACTIVIDAD : INTERMEDIACION FINANCIERA
PRODUCTO : TARJETA DE CREDITO
PROCEDENCIA : LIMA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por la señora Rosa Esther Sánchez
Torres en contra del Banco Wiese Sudameris por presunta infracción al
artículo 8 de la Ley de Protección al Consumidor
1
, se ha resuelto lo
siguiente:
(i) declarar infundada la denuncia contra el Banco. Ha quedado
acreditado que los consumos cuestionados por la denunciante se
efectuaron cuando su tarjeta de crédito se encontraba activa; en
consecuencia son de su responsabilidad.
(ii) declarar infundado el procedimiento iniciado en contra de Sur Export
E.I.R.L. y Gasbra S.A.C.. Las firmas que contienen las órdenes de
pago guardan similitud con la consignada en el documento de
identidad de la denunciante, por lo cual se infiere que dichos
establecimientos cumplieron con adoptar las medidas de seguridad
necesarias a fin de asegurarse que el portador de la tarjeta fuera su
titular.
(iii) declarar infundada la medida correctiva solicitada por la señora
Sánchez e improcedente el pago de costas y costos del
procedimiento. No se ha acreditado la existencia de una infracción
por parte de los denunciados.
Lima, 28 de febrero de 2006
1
El texto original del Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Protección al Consumidor y sus modificatorias hasta el 11 de
diciembre de 2000, se encuentran comprendidos en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI, Texto Único Ordenado de
la Ley de Protección al Consumidor.

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