Resolución nº 001301-2006/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 19 de Julio de 2006

Fecha de Resolución19 de Julio de 2006
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente720-2006/CPC
Resolución 2º Instancia-/
Actividad EconómicaAlimentos
COMISIÓN DE PROTECCIÓN ALCONSUMIDOR
RESOLUCIÓN N°1301-2006/CPC
EXPEDIENTE Nº 720-2006/CPC
DENUNCIANTE : ASOCIACIÓN EN DEFENSA DEL CONSUMIDOR
(ADEC)
DENUNCIADO : GLOBAL ALIMENTOS S.A.C. (GLOBAL
ALIMENTOS)
MATERIA : OBLIGACIÓN DE INFORMAR
ROTULADO
MEDIDAS CORRECTIVAS
PAGO DE COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MAYOR DE ALIMENTOS, BEBIDAS
Y TABACO
PROCEDENCIA : LIMA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por la Asociación en Defensa del
Consumidor - ADEC en contra de Global Alimentos S.A.C. por presunta
infracción a la Ley de Protección al Consumidor
1
, la Comisión ha resuelto
lo siguiente:
(i) declarar infundada la denuncia por infracción a los artículos 5
literal b), 7 y 15 de la Ley de Protección al Consumidor. Ha quedado
acreditado que Global Alimentos cumplió con consignar en el
rótulo de su producto “Avena Quaker” toda la información exigida
en las normas de rotulado.
(ii) declarar infundada la solicitud de medida correctiva presentada por
ADEC.
(iii) denegar la solicitud de costas y costos presentada por ADEC.
Lima, 19 de julio de 2006
1. HECHOS
El 13 de diciembre de 2005, ADEC denunció a Global Alimentos por presunta
infracción a la Ley de Protección al Consumidor. En su denuncia señaló que la
denunciada viene comercializando el producto “Avena Quaker”, cuyo rótulo no
cumple con la normativa sobre rotulado vigente. Ello, debido a que la
presentación del producto “Avena Quaker” de 105 gramos omite consignar en
su rotulado la siguiente información: (a) el número de R.U.C. del proveedor; (b)
la información nutricional del producto; y, (c) la mejor forma de conservación
del producto.
Asimismo, indicó que la presentación del producto “Avena Quaker” de 425
gramos omite consignar en su rótulo la siguiente información: (a) el número de
R.U.C. del proveedor; y, (b) la mejor forma de conservación del producto.
1
El Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Protección al Consumidor y sus modificatorias hasta el 11 de diciembre de
2000, se encuentran comprendidos en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI, Texto Unico Ordenado de la Ley de
Protección al Consumidor.

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