Resolución nº 001142-2007/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 13 de Junio de 2007

Fecha de Resolución13 de Junio de 2007
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente247-2007/CPC
Resolución 2º Instancia-/
Actividad EconómicaEquipos de Computo y Oficina
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
RESOLUCIÓN Nº 1142-2007-CPC
EXPEDIENTE Nº 0247-2007/CPC
1/1
DENUNCIANTE : OMAR ENRIQUE SUASNABAR POMA (EL SEÑOR
SUASNABAR)
DENUNCIADOS : HIPERMERCADOS METRO S.A. (METRO)
INDUSTRIAL PAPELERA ATLAS S.A. (ATLAS)
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
MULTA
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MENOR EN ALMACENES NO
ESPECIALIZADOS CON SURTIDO COMPUESTO
PRINCIPALMENTE DE ALIMENTOS, ETC.
PROCEDENCIA : LIMA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por el señor Omar Enrique Suasnabar Poma
en contra de Hipermercados Metro S.A. e Industrial Papelera Atlas S.A. por presunta
infracción a la Ley de Protección al Consumidor
1
, la Comisión ha resuelto lo
siguiente:
(i)
Dar por finalizado el procedimiento en contra de Atlas por haber llegado las
partes a un acuerdo que pone fin a la controversia.
(ii)
Declarar infundada la denuncia presentada por el señor Suasnabar en
contra de Metro por presunta infracción al artículo 8° de la Ley de
Protección al Consumidor en el extremo referido a la falta de uniformidad
en las hojas bond adquiridas. No puede considerarse como medio
probatorio las hojas presentadas debido a que los paquetes
correspondientes se encontraban abiertos.
(iii)
Declarar fundada la denuncia presentada por el señor Suasnabar en contra
de Metro por infracción al artículo de la Ley de Protección al
Consumidor en el extremo referido la falta de coincidencia entre el monto
de cada paquete de hojas consignado en la envoltura de los mismos y el
efectivamente cobrado. Ha quedado acreditado que Metro cobró un monto
mayor al denunciante al que figuraba en la envoltura de los paquetes.
(iv)
Ordenar a Metro como medida correctiva que, en un plazo no mayor de
cinco días hábiles de notificada la resolución, cumpla con devolver al
señor Suasnabar la suma de S/. 3,00 correspondiente a la diferencia entre
el monto cobrado y el consignado en los paquetes de hojas.
(v)
Sancionar a Metro con una multa ascendente a 4 Unidades Impositivas
Tributarias.
(vi)
Denegar la solicitud de pago de costas y costos del procedimiento, toda
vez que Atlas se obligó a dicho pago mediante el acuerdo conciliatorio
celebrado con el denunciante.
1
El texto original del Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Protección al Consumidor y sus modificatorias hasta el 11 de
diciembre de 2000, se encuentran comprendidos en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI, Texto Único Ordenado de la
Ley de Protección al Consumidor.

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