Resolución nº 001323-2007/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 11 de Julio de 2007

Fecha de Resolución11 de Julio de 2007
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente1153-2007/CPC
Resolución 2º Instancia2545-2007/TDC
Actividad EconómicaVenta de Materiales de Contruccion
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
RESOLUCIÓN N° 1323-2007/CPC
EXPEDIENTE Nº 1153-2007/CPC
1/1
DENUNCIANTE : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR (LA
COMISIÓN)
DENUNCIADA : CERÁMICAS ALCORA E.I.R.L. (ALCORA)
MATERIA : ROTULADO
MEDIDAS CORRECTIVAS
PAGO DE COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MAYOR DE MATERIALES DE
CONSTRUCCIÓN
PROCEDENCIA : LIMA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado de oficio en contra de Cerámicas
Alcora E.I.R.L. por presunta infracción a la Ley de Protección al
Consumidor
1
, la Comisión ha resuelto lo siguiente:
(i) Declarar fundado el procedimiento iniciado en contra de Alcora,
por infracción al artículo 7 de la Ley de Protección al
Consumidor. Ha quedado acreditado que la denunciada no
cumplió con rotular de acuerdo a lo normativa correspondiente,
los siguientes productos:
Rodapié Hispano Azul, modelo córcega beige (8 x 33.3)
Cerámica Parthenón (gris claro 30 x 20)
Cenefa Castello 6 x 20 (marca Novagama)
Cerámico para pared (marca Alcora)
Jeis, modelo Lorena, color guinda, 20 x 30 cm. (porcelana
monoporosa).
(ii) Ordenar a Alcora como medida correctiva que todos los
productos que comercializa cuenten en el rotulado con toda la
información establecida por la Ley Nº 28405.
SANCIÓN : 3 Unidades Impositivas Tributarias
Lima, 11 de julio de 2007
1. HECHOS
Mediante Resolución Nº 1 del 6 de junio de 2007, la Comisión inició un
procedimiento de oficio en contra de Alcora, por presunta infracción al artículo 7
de la Ley de Protección al Consumidor, en virtud del Informe 102-
2007/CPCP del 30 de mayo de 2007.
1
El Decreto Legislativ o Nº 716, Ley de Protección al Consumidor y sus modificatorias hasta el 11 de diciembre de
2000, se encuentran comprendidos en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de
Protección al Consumidor.

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