Resolución nº 000457-2009/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 18 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2009
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente2364-2008/CPC
Resolución 2º Instancia2104-2009/SC2
Actividad EconómicaEducacion
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
RESOLUCIÓN FINAL N° 0457-2009/CPC
EXPEDIENTE Nº 2364-2008/CPC
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DENUNCIANTE : TERESA SEMPRONEANA DE LA CRUZ FLORES (LA SEÑORA DE LA
CRUZ)
DENUNCIADO : TÉCNICAS AMERICANAS DE ESTUDIO PARA PERÚ S.A. (TÉCNICAS
AMERICANAS)
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
MEDIDA CORRECTIVA
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE VENTA AL POR MENOR NO REALIZADA EN
ALMACENES
PROCEDENCIA : LIMA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por la señora Teresa Semproneana De La Cruz Flores en
contra de Técnicas Americanas de Estudio para Perú S.A. por infracción a la Ley de Protección al
Consumidor3, la Comisión ha resuelto lo siguiente:
(i) Declarar infundada la denuncia interpuesta por la señora De la Cruz en contra de
Técnicas Americanas por infracción al artículo 8º de la Ley de Protección al Consumidor
en el extremo referido a la supuesta disconformidad entre el material previamente
ofrecido y lo que finalmente fue objeto de entrega.
(ii) Declarar infundada la denuncia interpuesta por la señora De la Cruz en contra de
Técnicas Americanas en el extremo referido a la presunta inducción a suscribir una letra
de cambio durante la celebración del contrato de adquisición del programa.
(iii) Declarar infundada infundado el tercer extremo de la denuncia interpuesta por la señora
De la Cruz en contra de Técnicas Americanas. No ha quedado acreditado que la
denunciada haya utilizado métodos de cobranza ilegales.
(iv) Declarar infundada la solicitud de medidas correctivas presentada por la señora Rosas, y
denegar la solicitud de costas y costos.
Lima, 18 de febrero de 2009
1. ANTECEDENTES
1.1. Hechos materia de denuncia
El 9 de setiembre de 2008, la señora De la Cruz denunció a Técnicas Americanas por presuntas infracciones
a la Ley de Protección al Consumidor, toda vez que: (i) le habría ofrecido el dictado de clases y éstas no
habrían sido brindadas; (ii) la indujo a suscribir una letra de cambio; y, (iiii) le habría requerido el pago de la
deuda a través de llamadas inadecuadas.
1.2. Fundamentos de la denuncia
La señora De la Cruz señaló lo siguiente:
(i) El 25 de mayo de 2008 llamó a la empresa denunciada a fin de tomar conocimiento del costo de la
3 El texto original del Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Protección al Consumidor y sus modificatorias hasta el 11 de diciembre de 2000, se
encuentran comprendidos en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de Protección al Consumidor.

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