Resolución nº 000455-2009/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 18 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2009
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente2519-2008/CPC
Resolución 2º Instancia-/
Actividad EconómicaMuebles y Enseres
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
RESOLUCIÓN FINAL N° 455-2009-CPC
EXPEDIENTE N° 2519-2008/CPC
1/3
DENUNCIANTES : ROCÍO QUIROZ ARIZA (LA SEÑORA QUIROZ)
JAVIER TORRES DÍAZ (EL SEÑOR TORRES)
DENUNCIADA : ADRIANA ROCIO GUEVARA VARGAS (LA SEÑORA GUEVARA)
MATERIA : CONCLUSIÓN ANTICIPADA DEL PROCEDIMIENTO POR ACUERDO
EXTRAPROCESO
ACTIVIDAD : PERSONA NATURAL
PROCEDENCIA : LIMA
Lima, 18 de febrero de 2009
1. HECHOS
El 29 de septiembre de 2008, la señora Quiroz y el señor Torres denunciaron a la señora Guevara por
presunta infracción a la Ley de Protección al Consumidor1. Señaló que el 30 de setiembre de 2007, adquirió en
el establecimiento de propiedad de la denunciada un juego de comedor modelo “Mónaco” con las siguientes
características: (i) acabado natural mate; (ii) tablero de vidrio incoloro, ocho sillas y una vitrina modelo “Milena” de
color natural, cancelando la suma de S/. 4 300,00; sin embargo las sillas entregadas habrían presentado una serie
de desperfectos; así como que pese a haber indicado que el material era cedro, se habrían fabricado con un
material distinto.
Posteriormente, mediante escrito de fecha 6 de febrero de 2009 la señora Quiroz y el señor Torres
acompañaron copia de la transacción extrajudicial celebrada ente las partes, documento a través del cual
solucionan la controversia materia del presente procedimiento.
2. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
Luego de estudiar el expediente, la Comisión considera que debe determinar si corresponde dar por finalizado
el procedimiento iniciado por la señora Quiroz y el señor Torres en contra de la señora Guevara, en mérito al
acuerdo celebrado por las partes.
3. ANÁLISIS DE LA CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
El artículo 186.1 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece como una forma
de conclusión de los procedimientos los acuerdos adoptados extraproceso que tengan por objeto poner fin al
mismo2.
1 El texto original del Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Protección al Consumidor y sus modificatorias hasta el 11 de diciembre de 2000, se
encuentran comprendidos en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de Protección al Consumidor.
Artículo 186°.- Fin del procedimiento
Pondrán fin al procedimiento las resoluciones que se pronuncian sobre el fondo del asunto, el silencio administrativo positivo, el silencio
administrativo negativo en el caso a que se refiere el inciso 4) del Artículo 188°, el desistimiento, la declaración de abandono, los acuerdos

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