Resolución nº 000913-2006/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 23 de Mayo de 2006

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2006
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente306-2006/CPC
Resolución 2º Instancia-/
Actividad EconómicaServicios Bancarios y Financieros
COMISION DE PROTECCION AL CONSUMIDOR
RESOLUCION FINAL Nº 0913-2006CPC
EXPEDIENTE Nº 306-2006/CPC
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DENUNCIANTE : JAIME PÉREZ LEANDRO (EL SEÑOR PÉREZ)
DENUNCIADOS : FINANCIERA CORDILLERA S.A. (FINANCOR)
ECKERD PERÚ S.A. (INKAFARMA)
BOTICA TORRES DE LIMATAMBO S.A. (BTL)
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
CONSUMO EN ESTABLECIMIENTOS CON TARJETA
DE CRÉDITO
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACION DE LA SANCIÓN
MULTA
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
PRODUCTO : TARJETA DE CRÉDITO
PROCEDENCIA : LIMA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por el señor Jaime Pérez Leandro en
contra de Financiera Cordillera S.A., Eckerd Perú S.A. y Botica Torres de
Limatambo S.A. por presunta infracción al artículo 8 de la Ley de Protección
al Consumidor
1
, se ha resuelto lo siguiente:
(i) declarar infundada en parte la denuncia en contra de Financor, en el
extremo referido a los consumos fraudulentos. Ha quedado
acreditado que los consumos cuestionados por el denunciante se
efectuaron cuando su tarjeta de crédito se encontraba activa; en
consecuencia son de su responsabilidad.
(ii) declarar fundada en parte la denuncia contra Financor en el extremo
referido a su negativa de atender los reclamos del denunciante. Ha
quedado acreditado que Financor atendió el primer reclamo del señor
Pérez en forma extemporánea y no respondió a la segunda
comunicación que le fue enviada.
(iii) dar por finalizado el procedimiento iniciado contra BTL en virtud al
acuerdo conciliatorio celebrado por el señor Pérez con dicha
empresa.
(iv) declarar infundada la denuncia contra Inkafarma. Ha quedado
acreditado que Inkafarma cumplió con comparar la firma de la orden
de pago y la del documento de identidad del señor Pérez, verificando
que éstas guardaban similitud.
1
El texto original del Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Protección al Consumidor y sus modificatorias hasta el 11 de
diciembre de 2000, se encuentran comprendidos en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI, Texto Único Ordenado de
la Ley de Protección al Consumidor.

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