Resolución nº 000555-2010/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 4 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2010
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente2976-2009/CPC
Resolución 2º Instancia1660-2011/SC2
Actividad EconómicaMuebles y Enseres
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
EXPEDIENTE Nº 2976-2009/CPC
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RESOLUCIÓN FINAL Nº 555-2010/CPC
DENUNCIANTE : ROXANA MILAGROS CHAVEZ GASTELÚ (LA SEÑORA CHAVEZ)
DENUNCIADA : GLORIANA BEATRIZ PABLO SULCA (LA SEÑORA PABLO)
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
MULTA
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE MUEBLES
PROCEDENCIA : LIMA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por la señora Roxana Milagros Chávez Gastelú en contra
de la señora Gloriana Pablo Sulca por presunta infracción al Texto Único Ordenado de la Ley de
Protección al Consumidor
1
, la Comisión ha resuelto:
(i) Declarar fundada la denuncia en contra de la señora Pablo por infracción al artículo 8° del
Texto Único Ordenado de la Ley de Protección al Consumidor. Ello, toda vez que ha de lo
actuado en el expediente no ha quedado acreditado que la señora Pablo hubiera
cumplido con devolverle a la denunciante el monto de S/500,00 entregados por concepto
de adelanto por la fabricación de un juego de dormitorio.
(ii) Ordenar como medida correctiva, que la señora Pablo cumpla con devolver al
denunciante los S/. 500,00 de como adelanto por la elaboración del producto materia de
denuncia.
(iii) Ordenar a la señora Pablo que cumpla con el pago de las costas y costos incurridos por
el denunciante durante el procedimiento.
SANCIÓN: 1 Unidad Impositiva Tributaria.
Lima, 04 de marzo de 2010
1. ANTECEDENTES
1.1. Hechos materia de denuncia
El 30 de octubre de 2009, la señora Chávez denunció a la señora Pablo por presunta infracción al Texto
Único Ordenado de la Ley de Protección al Consumidor, en la medida que se habría negado a reconocer el
dinero pagado como adelanto para la fabricación de un juego de dormitorio.
1
Decreto Supremo Nº 006-2009/PCM, Texto Único Ordenado de la Ley d el Sistema de Protección al Consumidor, norma aplicable a
los supuestos de infracción configurados a partir del 3 1 de enero de 2 009. Dicho dispositivo legal recoge lo establecido en el Texto
Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Protección al Consumidor (publicado el 11 de diciembre de 2000), incluyendo
todas las modificaciones y sustituciones leg islativas que hayan operado sobre dicha norma, entre las que se encuentran las
modificaciones incorporadas por el Decreto Legislativo Nº 1045 (publicado el 27 de junio de 2008).

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