Resolución nº 003588-2009/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 28 de Octubre de 2009

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2009
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente358-2009/CPC
Resolución 2º Instancia-/
Actividad EconómicaMateriales y Acabados Para el Hogar
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CON SUMIDOR
EXPEDIENTE Nº 358-2009/CPC
1
RESOLUCIÓN FINAL Nº 3588-2009-CPC
DENUNCIANTE : BERNHARD CHRISTIAN BRAUN LUY (EL SEÑOR BRAUN)
DENUNCIADO : ALCALDE DISEÑOS Y DECORACIONES S.A.C. (DISEÑOS y
DECORACIONES)
MATERIA : IDONEIDAD
MEDIDAS CORRECTIVAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : MATERIALES Y ACABADOS PARA EL HOGAR
PROCEDENCIA : LIMA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por el señor Bernhard Christian Braun Luy en contra de Alcalde
Diseños y Decoraciones S.A.C., por presunta infr acción a la Ley de Protección al Consumidor
1
, la
Comisión ha resuelto lo siguiente:
(i) Declarar fundada la denuncia por infracción al artículo 8º de la Ley de Protección al
Consumidor, en el extremo referido al incumplimiento en la entrega de dos (2) puertas
contraplacadas en el plazo acordado. Lo anterior, en la medida de que a pesar de que
quedó acreditada la falta de entrega de las referidas puertas, Diseños y Decoraciones no
demostró que el incumplimiento se haya debido a causa que no le fueran atribuibles.
(ii) Declarar fundada la denuncia por infracción al artículo 8º de la Ley de Protección al
Consumidor, en el extremo referido a la falta de devolución al señor Braun del monto de
S/. 700,00 que entregó a Diseños y Decoraciones en calidad de adelanto para la entrega de
dos puertas contra placadas. Quedó acreditado que Diseños y Decoraciones no contó con
justificación alguna a efectos de negarse a realizar dicho reembolso.
(iii) Ordenar como medida correctiva que Diseños y Decoraciones, en el plazo no mayor a
cinco (5) días hábiles, contado a partir de la notificación de la presente Resolución, le
reembolse al señor Braun los S/. 700,00 que le fueron entregados por concepto de
adelanto para la entrega de dos puertas contraplacadas.
(iv) Ordenar a Diseños y Decoraciones que cumpla con pagar al denunciante las costas del
procedimiento, que a la fecha ascienden a la suma de S/. 35,50. Esto sin perjuicio del
derecho del señor Braun de solicitar la liquidación de costas y costos correspondientes.
1
Decreto Supremo Nº 006-2009/PCM, Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema de Protección al Consumidor, publicado el
30 de enero de 2009 en el Diario Oficial El Peruano. Dicha norma será aplicable a los supuestos de infracción que se
configuren a partir del 31 de enero de 2009, fecha en la cual entró en vigencia la misma. Los demás casos, se seguirán
tramitando de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITI NCI (vigente hasta el 26 de junio de 2008) y
Decreto Legislativo Nº 1045 (vigente entre el 27 de junio de 2008 y el 30 de enero de 2009).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR