Resolución nº 000638-2008/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 9 de Abril de 2008

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2008
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente88-2007/CPC
Resolución 2º Instancia2283-2007/TDC
Actividad EconómicaServicios Bancarios y Financieros
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
RESOLUCIÓN FINAL Nº 638-2008/CPC
EXPEDIENTE Nº 088-2007/CPC
1/9
DENUNCIANTE : CARLOS RODRIGO GARRIDO GONZÁLEZ
(EL SEÑOR GARRIDO)
DENUNCIADOS : BANCO RIPLEY S.A.
1
(EL BANCO)
EL PACÍFICO PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE
SEGUROS Y REASEGUROS (PACÍFICO)
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
COSTAS Y COSTOS
ACTIVIDAD : SEGUROS
PROCEDENCIA : LIMA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por el señor Carlos Rodrigo Garrido
González en contra del Banco Ripley S.A. y El Pacífico Peruano Suiza
Compañía de Seguros y Reaseguros por presunta infracción a la Ley de
Protección al Consumidor
2
, la Comisión ha resuelto lo siguiente:
(i) Declarar improcedente la denuncia por presunta infracción al
artículo 8º de la Ley de Protección al Consumidor en el extremo
referido a la responsabilidad de Pacífico. Ha quedado acreditado
que el denunciante no cuenta con interés para obrar, en tanto la
pretensión que motivó su denuncia había sido satisfecha antes de
la presentación de la denuncia.
(ii) Declarar infundada la denuncia por presunta infracción al artículo 8º
de la Ley de Protección al Consumidor interpuesta en tanto no ha
quedado acreditado que el Banco haya brindado un servicio no
idóneo al denunciante en la contratación del seguro de protección
de la tarjeta de crédito Ripley.
(iii) Denegar la solicitud de pago de costas y costos del procedimiento
presentada por el señor Garrido.
Lima, 9 de abril de 2008
1. HECHOS
El 16 de enero de 2007, el señor Garrido denunció a El Banco y Pacífico por
presunta infracción a la Ley de Protección al Consumidor. Señaló, que celebró un
contrato de cuenta corriente con el Banco respecto del cual se le hizo entrega de
una tarjeta de crédito Ripley Clásica; sin embargo, al consultar su estado de
cuenta se percató que se le había cargado la suma de S/. 57, la cual pagó con
fecha 11 de agosto de 2006. Agregó, que luego de haber efectuado el pago
correspondiente realizó una investigación a fin que se le informara de dónde
provenía el cargo, siendo que se dio con la sorpresa no sólo que el cargo era la
1
En atención a la Escritura Pública de Transformación a Banco.
2
El texto original del Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Protección al Consumidor y sus modificatorias hasta el 11 de
diciembre de 2000, se encuentran comprendidos en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI, Texto Único Ordenado
de la Ley de Protección al Consumidor.

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