Resolución nº 000642-2008/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 9 de Abril de 2008

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2008
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente596-2005/CPC
Resolución 2º Instancia1164-2005/TDC
Actividad EconómicaAgencia de Viajes
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
RESOLUCIÓN FINAL Nº 642-2008-CPC
EXPEDIENTE Nº 596-2005/CPC
DENUNCIANTE : IRMA DORIS UCEDA ARELLANO (LA SEÑORA UCEDA)
DENUNCIADA : VIAJES ESCORPIO E.I.R.L. (VIAJES ESCORPIO)
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
MEDIDAS CORRECTIVAS
ACTIVIDAD : AGENCIA DE VIAJES Y GUÍAS TURÍSTICAS
PROCEDENCIA : LIMA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por la señora Irma Doris Uceda Arellano
contra Viajes Escorpio E.I.R.L., por presunta infracción al artículo 8º de la Ley de
Protección al Consumidor
1
, la Comisión ha resuelto declarar infundada la denuncia,
en tanto ha quedado acreditado que la agencia de viajes sí cumplió con su
obligación de informar a la denunciante que la separación para el tour “Europa 21
días” era no reembolsable. En consecuencia, se declara infundada la solicitud de
medidas correctivas y se deniegan las costas y costos del procedimiento.
Lima, 9 de abril de 2008
1. HECHOS
El 27 de abril de 2005, la señora Uceda denunció a Viajes Escorpio por presunta
infracción a la Ley de Protección al Consumidor. Señaló que el 1 de setiembre de 2004,
contrató con la empresa denunciada la realización del tour “Europa 21 días”, siendo que
la salida se encontraba programada para el 6 de octubre de 2004
2
.
Agregó que entregó la suma de US $ 500.00 por concepto de separación del tour con la
promesa que si no le otorgaban la visa le devolverían el íntegro de su dinero, por lo que
solicitó se consigne dicha condición; sin embargo, le dijeron que al no poner el sello de
“no reembolsable” era suficiente para la devolución de su dinero, por lo que entregó su
pasaporte Nº 1980693.
Asimismo, señaló que Viajes Escorpio gestionó la cita al Consulado de Grecia a fin de
solicitar la visa de turismo correspondiente; sin embargo, indica que este destino no se
encontraba contemplado dentro del itinerario del tour y sin autorización pidió a su
mayorista American Reps un paquete turístico de 28 días por la suma de US $ 3999.00,
por el cual viajaría por las Islas Griegas, Atenas, Jerusalén, sin embargo, la visa fue
denegada y no pudo realizar el tour previsto.
Por lo expuesto, solicitó a la Comisión que ordene a Viajes Escorpio lo siguiente: (i) la
devolución del dinero pagado por la inscripción en el tour “Europa 21 días”, más los
intereses de 8 meses; (ii) Gastos de US $ 150.00 por pago del Consulado de Grecia,
carta de banco, estados de cuenta; (iii) sanción para Viajes Escorpio por no brindar el
servicio ofrecido e inducirla al engaño. Asimismo, solicito las costas y costos del
procedimiento.
En su defensa, Viajes Escorpio señaló que la señora Uceda junto a su pareja se
presentaron al Consulado de Holanda, siendo que a ella se le denegó la visa para dicho
país, mientras que a su pareja sí se la otorgaron. Por ello, se acercaron al Consulado de
Grecia; siendo que la solicitud de visa de la denunciante, también fue denegada.
1
El texto original del Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Protección al Consumidor y sus modificatorias hasta el 11 de
diciembre de 2000, se encuentran comprendidos en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI, Texto Único Ordenado de
la Ley de Protección al Consumidor.
2
Ver a fojas 5 del expediente.

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