Resolución nº 000846-2006/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 16 de Mayo de 2006

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2006
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente84-2006/CPC
Resolución 2º Instancia1816-2006/TDC
Actividad EconómicaServicios Bancarios y Financieros
COMISION DE PROTECCION AL CONSUMIDOR
RESOLUCION FINAL Nº 0846-2006-CPC
EXPEDIENTE Nº 084-2006/CPC
DENUNCIANTE : JOSÉ ALFONSO VÁSQUEZ OSORIO (EL SEÑOR
VÁSQUEZ)
DENUNCIADO : BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ (EL BANCO)
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
ACTIVIDAD : OTROS SERVICIOS DE ACTIVIDAD FINANCIERA
PRODUCTO : CRÉDITO HIPOTECARIO
PROCEDENCIA : LIMA
SUMILLA: en el procedimiento iniciado por el señor José Alfonso Vásquez
Osorio en contra de Banco de Crédito del Perú por presunta infracción a la
Ley de Protección al Consumidor
1
, se ha resuelto lo siguiente:
(i) declarar fundada la denuncia por infracción al artículo 8 de la Ley de
Protección al Consumidor. Ha quedado acreditado que el Banco ne
al señor Vásquez el beneficio de “RETORNO” por medio del cual el
banco premiaba a los clientes que cumplieran puntualmente con el
pago de sus obligaciones hipotecarias, con la devolución del 20% de
su crédito, a pesar que le había indicado que podía acceder al mismo.
(ii) ordenar al Banco como medida correctiva que en un plazo no mayor a
cinco (5) días hábiles de notificada la presente resolución, cumpla con
aplicar el beneficio de “Retorno” al señor Vásquez, devolviéndole el
20% del total del crédito que le otorgó, tal como le fue ofrecido.
(iii) sancionar al Banco con el pago de una multa ascendente a 5
Unidades Impositivas Tributarias por los hechos denunciados.
(iv) Ordenar al Banco que cumpla con devolver al denunciante la suma de
S/. 34.00 por las costas incurridas en el presente procedimiento por
parte del señor Vásquez, sin perjuicio de su derecho a solicitar la
liquidación de las costas y costos una vez concluida la instancia
administrativa.
Lima, 16 de mayo de 2006.
MULTA: 5 Unidades Impositivas Tributarias.
1. HECHOS
El 9 de enero de 2006 el señor Vásquez denunció al Banco por presunta infracción a la
Ley de Protección al Consumidor. En su denuncia, señaló que mediante escritura de
fecha 12 de febrero de 1997, otorgada conjuntamente con su esposa, la Señora Gilda
Cecilia María Lara de Vásquez, constituyó primera hipoteca hasta por la suma de US $
1
El texto original del Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Protección al Consumidor y sus modificatorias hasta el 11 de
diciembre de 2000, se encuentran comprendidos en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI, Texto Unico Ordenado de
la Ley de Protección al Consumidor.

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