Resolución nº 000589-2009/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 4 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2009
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente2558-2008/CPC
Resolución 2º Instancia-/
Actividad EconómicaAgencia de Viajes
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
RESOLUCIÓN FINAL Nº 589-2009/CPC
EXPEDIENTE Nº 2558-2008/CPC
1/4
DENUNCIANTE : ISRAEL LANDMAN STAIF (EL SEÑOR LANDMAN)
DENUNCIADOS : PERUVIAN TRAVEL SERVICE AND BUSINESSES E.I.R.L.
(PERUVIAN TRAVEL)
LAN PERÚ S.A. (LAN)
MUNDO TOTAL O & L REPRESENTACIONES S.A.C.
(MUNDO TOTAL)
MATERIA : DESISTIMIENTO DE LA PRETENSIÓN
DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : AGENCIA DE VIAJES Y ORGANIZADORES DE VIAJES;
ACTIVIDADES DE ASISTENCIA A TURISTAS
PROCEDENCIA : LIMA
Lima, 4 de marzo de 2009
1. HECHOS
El 2 de octubre de 2008, el señor Landman denunció a Peruvian Travel, Lan y Mundo Total por presuntas
infracciones a la Ley de Protección al Consumidor1. Señaló que las referidas empresas se negaron a
devolverle su dinero por los boletos aéreos y el paquete de alojamiento contratado para la ciudad de Buenos
Aires pese a que explicó que su imposibilidad de viajar se debía a un tema de salud.
Posteriormente, el 1 de diciembre de 2008, el señor Landman presentó un escrito desistiéndose de la
pretensión que motivó su denuncia en contra de Lan.
Finalmente, el 2 de diciembre de 2008, el denunciante manifestó su voluntad de desistirse del procedimiento
iniciado en contra de Peruvian Travel y Mundo Total.
2. CUESTIONES EN DISCUSIÓN
Luego de estudiar el expediente, la Comisión considera que debe determinar lo siguiente:
(i) si corresponde archivar la denuncia en mérito al desistimiento de la pretensión presentado por el
señor Landman respecto de Lan; y,
(ii) si corresponde aceptar el desistimiento del procedimiento solicitado por el denunciante respecto
a Peruvian Travel y Mundo Total.
3. ANÁLISIS DE LAS CUESTIONES EN DISCUSIÓN
3.1 Sobre el desistimiento de la pretensión
1 El texto original del Decreto Legislativo Nº 716, Ley de Protección al Consumidor y sus modificatorias hasta el 11 de
diciembre de 2000, se encuentran comprendidos en el Decreto Supremo Nº 039-2000/ITINCI, Texto Único Ordenado de
la Ley de Protección al Consumidor.

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